Entradas

alquiler vacacional

Cuando uno vive en comunidad, las decisiones de uno suelen afectar a muchos. Esto es lo que ocurre con el alquiler vacacional, sobre todo en las ciudades declaradas como zonas turísticas, donde es más habitual encontrar disputas entre propietarios, acerca de la aprobación o prohibición del alquiler vacacional en el propio edificio.

La lucha por proteger la residencia principal de muchos con el deseo de inversión de otros, hace que hoy planteemos las siguientes preguntas: ¿Es posible prohibir el alquiler vacacional desde la comunidad de propietarios? ¿Qué hacer cuando el alquiler vacacional se convierte en una actividad molesta en la comunidad?

La regulación para responder a estas preguntas la encontramos en la ley de propiedad horizontal (LPH) así como en la normativa turística existente en cada comunidad autónoma. Veamos que dicen:

Leer más

propietario o inquilino uso instalaciones

En las urbanizaciones donde existen instalaciones comunitarias como gimnasio, sauna, piscina, pista de pádel etc…  y además se efectúan alquiler de viviendas, es muy común se plante la duda sobre quién tiene la potestad del uso de dichas instalaciones. ¿Propietario o inquilino?

Por ejemplo. Ahora en verano, con la apertura de las piscinas comunitarias,  algún propietario con vivienda alquilada puede querer disfrutar del uso de la piscina a la vez que lo hacen sus inquilinos. ¿Es eso posible? ¿La comunidad puede decidir al respecto?. Para responder a esta pregunta debemos tener en cuenta:

  1. Las condiciones del contrato de arrendamiento.
  2. Las normas internas establecidas en el estatuto de la comunidad.

Leer más

RESPONSABILIDAD PROPIETARIO ACTOS INQUILINO

Si eres propietario de una vivienda en comunidad y la tienes alquilada vigila los actos de tu arrendatario. Si tu inquilino causará perjuicios, daños o comportamientos molestos para el resto de vecinos tú podrías ser en última instancia el responsable de sus actos.

En primer lugar, si el inquilino causa molestias, la comunidad de propietarios debe:

  • Requerir al inquilino la cesación de la actividad molesta de manera extrajudicial mediante burofax. El requerimiento debe realizarse por el Presidente de la Comunidad a iniciativa propia o previa petición de cualquiera de los propietarios o vecinos.  Para ello, La Ley de Propiedad Horizontal no exige previa celebración de Junta ni acuerdo.
  • Comunicar las quejas al propietario para que tome medidas. Este a su vez deberá comunicárselo al inquilino pudiendo incluso si fuese necesario resolver el contrato de arrendamiento.

Leer más

derechos propietarios

Un inquilino, en principio, no tiene derecho a asistir a las juntas.

La Junta de Propietarios reúne a todos los propietarios de la comunidad, al menos una vez al año, para tomar decisiones acerca de la misma comunidad y el derecho de asistencia y voto lo tiene únicamente el propietario, siempre que haya realizado todos los pagos de los gastos de comunidad. Leer más