Subvenciones y ayudas

COMPLEMENTO POR HIJO MENOR A CARGO

ayuda por hijos

La Seguridad Social contempla un complemento mensual de ayuda a la infancia, que es un añadido del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Para acceder a esta ayuda es necesario cumplir los requisitos que dan derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital y tener ingresos inferiores al 300% de la renta garantizada y no sobrepasar el máximo sobre ingresos computables y patrimonio neto. Su cuantía varía según el número de hijos que se tenga y de la edad de los mismos.

En principio, no haría falta solicitar el complemento para la infancia, dado que la Seguridad Social lo aplica por defecto a los beneficiarios del IMV.

Esta ayuda de 1.400 euros por hijo, conocida como el complemento por hijo a cargo, se implanta para ayudar a las familias en situación de vulnerabilidad económica, con el fin de asegurar un nivel básico de bienestar. Este apoyo se destina principalmente a las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque también podría estar disponible para aquellas que no cumplen con los requisitos del IMV, pero tienen ingresos por debajo de un cierto umbral anual.

El IMV ha sido incrementado en un 6,9% al comienzo del 2024, lo que ha resultado en un aumento en la cantidad de la ayuda. En concreto, más de 754.000 familias son beneficiarias del IMV y reciben el complemento de ayuda a la infancia (CAPI), el cual se otorga por cada hijo menor de edad en la unidad familiar.

Cómo acceder a esta ayuda

El complemento por hijo a cargo está sujeto a requisitos específicos, como tener hijos menores de 18 años y residencia legal en España, además de cumplir con límites de rentas y patrimonio según lo establecido en el Real Decreto-ley 8/2023.

Además, es fundamental estar al día con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social para recibir esta prestación.

Cuanto es el importe a percibir

Su importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año, con arreglo a los siguientes tramos (importes actualizados para 2024):

  • Menores de 3 años: 115 euros/mes.
  • Mayores de 3 años y menos de 6 años: 80,50 euros/mes.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 57,50 euros/mes.

Requisitos para percibir el complemento de ayuda a la infancia

Tienen derecho al reconocimiento de este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital, así como los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos para el CAPI:

  • Ingresos inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
  • Que el patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
  • Cumplir el test de activos cuyo límite para un adulto será de 6 veces la renta garantizada, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia.

El pago del complemento se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción.

Es incompatible con otras ayudas

Las prestaciones o ayudas incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital lo serán también del complemento de ayuda para la infancia, aunque se perciba de forma independiente.  

El complemento de ayuda para la infancia también será incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.

Otros complementos

Además del complemento de ayuda a la infancia, la Seguridad Social también contempla otro complemento para los beneficiarios de la prestación del Ingreso Mínimo Vital en 2024.

Para ello, hay que tener en cuenta la Renta Básica Garantizada, que tiene un importe de 7.250,52 euros al año (12 pagas), lo que se corresponde con 604,21 euros al mes.

De esta forma, la Seguridad Social señala que, si la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital tiene una discapacidad igual o superior al 65%, puede cobrar un complemento del 22% sobre la Renta Básica Garantizada de 7.250,52 euros. Es decir, el complemento para personas con discapacidad del IMV en 2024 alcanza una cuantía de 1.654,4 euros al mes.

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