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RENTA 2015: Cómo pagar menos impuestos

AEAT

Cómo pagar menos impuestos es la pregunta que todo profesional o autónomo se hace a la hora de elaborar su declaración de la Renta. Una pregunta que para muchos no tiene respuesta pues no cuenta con la ayuda o el asesoramiento fiscal adecuado. Por eso hemos querido elaborar este post y darle unos pequeños consejos aquellos que se enfrentan a la RENTA 2015 sin ayuda de un experto.

Es cierto que esta campaña de Renta 2015, puede resultar más sencilla para muchos contribuyentes gracias a las novedades que ha introducido la Agencia Tributaria a través del sistema renta web y la facilidad de modificación o confirmación del borrador de la Renta. Pero bien es cierto que aun así, aquellos contribuyentes con actividades económicas siguen teniendo ante ellos una Renta más complicada.

Si no cuentas con un asesor tributario que te oriente para hacer la RENTA 2015, aquí te dejamos tres claves con lo que ajustar al máximo la cuota tributaria en la declaración del IRPF 2015 y pagar menos impuestos.

  • Reducción por inicio de actividades económicas

Por si no lo sabias desde el año 2013, cualquier rendimiento de actividad económica que hayamos comenzado a realizar goza de una reducción del 20% en el rendimiento neto que obtengamos en los dos primeros ejercicios de actividad. Esto quiere decir que si has comenzado tu actividad económica hace un par de años, no puedes olvidar tener en cuenta esta situación pues podrás pagar menos impuestos.

 

  • Gastos deducibles de la vivienda

Si trabajamos en casa o tenemos imputación parcial de la actividad del domicilio, debemos de hablar de la resolución del 10/09/2015 del Tribunal Económico Administrativo Central con asunto: «IRPF. Determinación del rendimiento neto de una actividad económica en estimación directa. Admisión o no de los gastos de suministros correspondientes a la vivienda habitual, afectada parcialmente al ejercicio de la actividad, en proporción a la parte de ésta que se utilice para el ejercicio de dicha actividad»

En dicha resolución se produce una combinación de criterio para imputar los gastos de la vivienda en el IRPF de tal manera que podemos prorratear dichos gastos. Aquí se incluyen gastos de suministros con afectación a la actividad, IBI, seguros del hogar, comunidad, etc.…

ATENCIÓN. Estos gastos tienen que estar afectos a la actividad y recordemos que no cabe nunca una doble deducción de un gasto. Por ejemplo, si tengo derecho a la deducción por alquiler, dejará de ser deducible como alquiler la parte que estemos imputando como gasto en la actividad económica.

 

  • Amortizaciones, gastos financieros, provisiones…

A la hora de realizar la declaración de la renta, tenemos una serie de gastos deducibles que en muchas ocasiones profesionales y autónomos no piensan. Por ejemplo, gastos financieros asociados a la actividad económica (intereses de cuentas corrientes, créditos o comisiones de cuentas bancarias afectas a la actividad), amortizaciones de inmovilizados que no se encuentren completamente amortizados o provisiones por impagos, causas judiciales o cualquier otro tipo de provisión deducible.

Para distinguir correctamente todos estos gastos y determinar su deducibilidad o no, sí que es acertado contactar con un profesional.

Si tienes cualquier consulta, no dudes en dejarnos un comentario o llamar a nuestras oficinas.

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