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Ayudas para autónomos: Reserva asistencial social

ayudas para autónomos Reserva asistencia social

Existen ayudas para autónomos que en algunos casos no se solicitan por desconocimiento.

Con la declaración del Estado de alarma, muchos fueron los negocios que se vieron afectados. Ante una situación tan generalizada, el Gobierno activó una serie de ayudas para autónomos y pymes que se vieron perjudicados por el Covid-19 directamente. Apoyando así el tejido empresarial.

La lluvia de llamadas a nuestra asesoría de cómo solicitar una u otra ayuda fue creciendo a medida que se aprobaban nuevas normativas. Entre estas ayudas destaca la prestación extraordinaria por cese de actividad. No obstante, ¿que pasa con otras ayudas, no necesariamente vinculadas al Covid-19, que pueden ayudarnos hoy día?

Rescatamos por ello, una ayuda publicada en el BOE a finales de 2019 la cual entró en vigor el 1 de enero de 2020, denominada Reserva Asistencial Social para autónomos.

¿No conocías esta ayuda? Repasemos entonces cómo funciona, en qué consiste y las condiciones para acceder a ella.

Qué es y en qué consiste la Reserva Asistencial Social.

Se trata de un conjunto de ayudas para autónomos, trabajadores por cuenta propia inscritos en el RETA, que hayan sufrido una enfermedad profesional o accidente laboral.

Son ayudas para el pago de los gastos derivados de una situación de baja laboral. Se trata de una prestación para dar soporte a trabajadores autónomos que se hayan visto en una situación:

  • De necesidad especial
  • Imposibilidad de seguir realizando el mismo tipo de actividad tras su enfermedad o accidente
  • Necesidad de adaptar procesos o espacios de trabajo a causa de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Además no sólo cubre gastos para el autónomo en sí, si no que puede llegar a cubrir a cónyuges, familiares e incluso a parejas de hecho si cumplen los requisitos legalmente establecidos.

¿A qué da derecho la Reserva asistencial para autónomos?

Recuperación y rehabilitación

            Estas cubren los gastos ocasionados por:

  • Hospitalización: traslado, dietas y estancia.
  • Tratamientos médicos.
  • Proceso de rehabilitación del autónomo que reciba en un centro especializado.
  • Prótesis, en el caso de que se necesitara.
  • Ayudas técnicas no regladas: productos, equipos u objetos necesarios para la mejora de las habilidades del trabajador cuando se produzca una merma en sus capacidades.
  • Ingreso en un centro especializado: si se produce invalidez o dificultades especiales para realizar en la vida diaria las actividades consideradas básicas. 

Adaptación del puesto de trabajo o lugares para desarrollar su actividad diaria

  • Serán cubiertos los gastos correspondientes a las obras de adaptación del local en el cual el autónomo desarrolle su actividad, con el objeto de adaptarlo a las nuevas necesidades y la eliminación de las barreras que le perjudiquen.
  • Adaptación de vehículo al estado físico del autónomo, ya sea vehículo usado o nuevo.
  • Apoyo domiciliario. Servicios como tareas del hogar y aseo personal. Si el autónomo no tiene ningún familiar o pareja de hecho que le pueda prestar ayuda se podrá solicitar este servicio de ayuda domiciliaria tras el alta médica.
  • Eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda habitual o adquisición de vivienda habitual adaptada.

Reinserción laboral

Si el accidente o enfermedad inhabilitan por completo la continuidad de la actividad laboral se podrán otorgar ayudas para autónomos para que esta persona no se quede sin posibilidad de volver a obtener ingresos. Esto es, costear cursos para la formación profesional que ayuden al trabajador autónomo a reconvertir su carrera profesional.

Mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual

En aquellos casos que los trabajadores autónomos no puedan pagar los préstamos hipotecarios o el alquiler de su vivienda habitual podrán pedir esta ayuda de pago único. Se recuerda que sólo se podrá solicitar si el motivo fuera la pérdida de empleo o situación de especial vulnerabilidad derivada del accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Auxilio por defunción

En caso de fallecimiento, podrán solicitar las ayudas para autónomos los familiares a su cargo. Se cubrirá los gastos correspondientes al sepelio del trabajador.

¿Quiénes pueden entonces solicitar estas ayudas?

Todos aquellos trabajadores por cuenta propia, que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional y qué cómo consecuencia de este suceso, sufre una situación de necesidad económica. Esto es pérdida de ingresos o incursión en gastos especiales no cubiertos por la Seguridad Social.  

Solo se dará esta ayuda si se acredita que la causa directa de esa necesidad económica es un accidente de trabajo o una enfermedad laboral.

¿Cómo puedo solicitar las ayudas?

La gestión de esta ayuda corre a cargo de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. Por lo tanto, la solicitud debe realizarse a través de la mutua colaboradora de la Seguridad Social con la que trabaje el autónomo en cuestión.

Las mutuas incorporarán una Comisión de Prestaciones Especiales para gestionar estas ayudas para autónomos. Se tramitará a través de un expediente que justifique que existe una situación de necesidad y así determinar el importe de la ayuda

Es compatible con otras ayudas para autónomos siempre que las condiciones de la segunda lo permitan.

Si tras leer todos los apartados te surgen dudas, no te quedes con ellas, nuestro equipo te responderá a todas ellas.

Firma Jose Luis Romero Artículos blog Romehu
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