La AEAT tiene una serie de presentaciones y plazos que todo contribuyente debe cumplir. El conocer cada fecha o procedimiento es importante para no tener problemas con Hacienda, sin embargo, a veces se producen errores o despistes.
En nuestra asesoría nos llegan a medido consultas sobre cuales son los plazos, sanciones y recargos por presentaciones fuera de plazo o incorrectas en la AEAT, por ello hemos decidido ofrecer en este post un listado de las más habituales
Sanciones más habituales de la AEAT
(Pinche en cada una de ellas para ampliar la información)
- Declaraciones presentadas por el contribuyente sin requerimiento de Hacienda (AEAT). Recargos (Art 27 LGT)
- Recaudación en período ejecutivo (Art 162 LGT).
- Recargos del período ejecutivo. (Art 28 LGT) Reducción de los recargos.
- Plazos para el pago (Art. 62 LGT)
- Sanción por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones, sin perjuicio económico a la Hacienda Pública. (Art 198 LGT)
- Sanciones por presentar declaraciones o autoliquidaciones incorrectas. (Art 199 LGT)
- Infracción por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a comparecer, o atender requerimientos de la Administración tributaria. (Art 203 LGT)
- Sanciones por no informar de bienes en el extranjero (DA 18ª LGT)
- Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación (artículo 191).
Esperamos que este post haya sido de su interés. No dude en participar añadiendo sus comentarios para posibles consultas o anotaciones.