Lo primero que debemos comprender es que las inspecciones realizadas en los centros de trabajo no son un hecho aislado. Una inspección de trabajo es un procedimiento normal, del que son susceptibles todas las organizaciones que estén registradas formalmente frente al Ministerio de Trabajo.
Existe la creencia de que la causa más común por la que recibir una inspección de trabajo es por denuncia de un trabajador u otros colectivos, pero lo cierto es que la mayoría de las veces tan solo se trata de un procedimiento de rutina.
Dicho esto, lo más habitual es que cuando un inspector pase por un negocio, más tarde cite a la empresa en cuestión para comparecer en sus oficinas, aporte documentación y tras el examen de la misma es cuando decide o no sancionar. Tras la comparecencia es cuando viene el acta de infracción.
Y una vez recibida el acta de infracción, ¿puedes reclamar la sanción? Definitivamente.
En nuestro despacho se han gestionado más de 1.000 sanciones que han llegado con acusación de incumplimiento en materia de Seguridad Social, y si bien es cierto que las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social gozan de presunción de veracidad, no siempre las propuestas de sanción contenidas en las mismas pueden llegar a ser una sanción efectiva para la empresa.
Te explicamos cómo sería una actuación de reclamación con un caso real.
Caso real: Motivo de la infracción
En el caso que vamos a analizar hoy la Inspección de Trabajo y Seguridad levantó acta de infracción y propuso una sanción de 3.126€. El motivo de la infracción de trabajo fue porque se entendió que una persona, que se encontraba presente en el centro de trabajo durante una visita del Inspector de Trabajo y Seguridad Social, era trabajador del centro y se hallaba prestando servicios sin cursar alta en la Seguridad Social.
En este caso concreto, cuando la Inspectora de Trabajo se personó en el centro, el individuo por el cual se levantó el acta, se trataba de un ex trabajador de la mercantil. Este ex trabajador se encontraba concretamente en la zona de máquinas de la empresa, y citamos textualmente lo que menciona el acta, “prestando servicios”.
IMPORTANTE: Queremos recordar que las empresas tienen la obligación de dar de alta a los trabajadores con carácter previo al inicio de la prestación de servicios. En el caso de que un empleado trabaje sin contrato, existe una serie de graves consecuencias tanto para el como para la empresa
Clave del Clave del éxito: solución sobre la infracción por inspección de trabajo
Como indicamos más arriba, para recurrir una sanción, lo principal es esperar a recibir por correo certificado la notificación y acta de sanción del Ministerio.
Una vez hemos sido notificados de la sanción, contamos con un plazo de 15 días hábiles para presentar las alegaciones pertinentes. Lo cual significa redactar un escrito donde argumentar debidamente que hubo un error en la aplicación de la sanción.
Llegados a este punto, y volviendo al caso real tratado, el equipo laboral de Romehu formuló alegaciones dentro del plazo previsto en las cuales argumentó y demostró que
el trabajador ya no prestaba servicios para la empresa sancionada y que simplemente había pasado a saludar a sus antiguos compañeros. ¿Cómo lo demostramos?
- Presentando copia del contrato de trabajo del individuo, donde se indicaba que en dicha fecha, estaba dado de alta a tiempo completo en otra empresa. Empresa que además se encontraba ubicada en el mismo polígono industrial.
- Medios de prueba oportunos, tales como que el trabajador no llevaba el mismo equipamiento de trabajo que los trabajadores de la empresa.
De esta forma se pudieron acreditar todas las afirmaciones contenidas en el texto de alegaciones y se consiguió que la Inspección de Trabajo anulara el acta de infracción. Es sumamente importante contar con pruebas que justifiquen y evidencien tus argumentos.
De este caso podemos extraer una conclusión, y es que se puede conseguir anular un acta de infracción de la Inspección de Trabajo, siempre que se puede argumentar y justificar documentalmente una correcta actuación por parte de la empresa.
RESULTADO
Inspección de Trabajo anuló el acta de infracción, sin costes para el cliente.
Nuestro cliente se ahorró 3,126 €.