Si resides en una vivienda alquilada o estás pensando en hacerlo, esta ayudas puede que sean para ti. Te revelamos qué cuantía puedes recibir a través de estas ayudas para el alquiler de vivienda, qué personas pueden solicitarlas, y qué requisitos hay que cumplir para poder beneficiarse de ellas.
El plan estatal de ayudas para el alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2018- 2021 se encuentra regulado por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre
Los objetivos del Plan de Ayudas para el Alquiler de Viviendas son:
- Adaptar el sistema de ayudas a las necesidades sociales actuales y a la escasez de recursos disponibles, concentrándolas en dos ejes (fomento del alquiler y el fomento de la rehabilitación y regeneración y renovación urbanas).
- Contribuir a que los deudores hipotecarios para la adquisición de una vivienda protegida puedan hacer frente a las obligaciones de sus préstamos hipotecarios.
- Reforzar la cooperación y coordinación interadministrativa, así como fomentar la corresponsabilidad en la financiación y en la gestión.
- Mejorar la calidad de la edificación y, en particular, de su eficiencia energética. E igualmente mejorar la calidad de su accesibilidad universal y de su adecuación para la recogida de residuos y de su debida conservación. Garantizar, asimismo, que los residuos que se generen en las obras de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas se gestionen adecuadamente. Es decir, de conformidad con el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Contribuir a la reactivación del sector inmobiliario, desde los dos elementos motores señalados:
- El fomento del alquiler y el apoyo a la rehabilitación de edificios
- La regeneración urbana.
¿De qué cuantía son las ayudas para el Alquiler de Viviendas?
Se concederán unas ayudas de:
- Hasta el 40% de la renta anual.
- Límite máximo: 2.400€ anuales por vivienda.
¿Por cuánto tiempo se pueden percibir estas ayudas?
Las ayudas para el alquiler de vivienda se podrán percibir por un plazo máximo de 12 meses. Es posible sean prorrogadas por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del plan.
En todo caso la fecha límite para percibir la ayuda será hasta el 31 de diciembre de 2017.
¿Cómo se pagan estas ayudas al solicitante?
El pago de la ayuda se hará de forma mensual. Se abonará la parte proporcional del alquiler anual, es decir, como máximo 200 euros al mes.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Las comunidades autónomas pueden modificar los requisitos generales de esta convocatoria. Aquí se exponen los requisitos generales pero es necesario consultar los requisitos específicos de cada comunidad, con tu asesor.
Requisitos generales:
- Ser titular o estar en condiciones de firmar como arrendatario (inquilino) un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado según la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- Que la vivienda arrendada o que vaya a arrendar, sea la residencia habitual y permanente del arrendatario.
- Las personas mayores de edad que tengan, o vayan a tener, su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada. Inclusive:
- Consten o no como titulares del contrato de arrendamiento
- Tengan un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (22.365,42€) , modulable según el nº de miembros y composición de la unidad de convivencia-. Esto asegura que accedan a la ayuda las familias más necesitadas.
- Que la renta de la vivienda sea igual o inferior a los 600 euros mensuales.
ANTENCIÓN: Las CCAA podrán fijar un límite inferior. Consulte con su asesor
Importantísimo. Existen algunas prohibiciones para percibir las ayudas de alquiler de vivienda:
- Tener relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, o ser su socio o partícipe.
- Disponer de la titularidad o de algún derecho que permita usar otra vivienda. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma, con algunas excepciones.
- La suma de ingresos de todos los componentes de la UC no puede sobrepasar un límite determinado que se calcula en función de la composición de la unidad de convivencia.
¿Dónde hay que solicitar estas ayudas para el alquiler?
En las Consejerías o Departamentos de Vivienda de la Comunidad Autónoma donde el interesado resida, ya que cada CC.AA establece su propia normativa para solicitar estas ayudas y otras disponibles de apoyo al alquiler de vivienda y vivienda social.