Consiste en un pago único de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios las personas físicas con residencia en España que durante el ejercicio 2022 :
- Hayan realizada una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en la Seguridad social o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo
- No superar los 27.000 euros íntegros de rentas (importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual)
¿Quién queda excluido?
No tendrán derecho aquellas personas que a 31 de diciembre de 2022 perciban el ingreso mínimo Vital (IMV), una pensión abonada por el Régimen general o especial de las Seguridad Social.
Tampoco lo serán las personas que durante el 2022 fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022 o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.
¿Cómo solicitar la ayuda?
Se realizará a través de la Sede electrónica de la AEAT rellenando el formulario electrónico e indicando un número de cuenta.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC61.shtml
Fecha de solicitud
Del 15 de febrero al 31 de marzo