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AYUDAS PARA COMPENSAR EL SOBRECOSTE ENERGÉTICO DE GAS NATURAL Y/O ELECTRICIDAD DE PYMES Y AUTÓNOMOS

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La Junta de Andalucía acaba de convocar las nuevas ayudas para autónomos y pymes con el objeto cubrir el sobrecoste provocados por la subida de luz y gas desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022.

Es por ello que aquí tenéis nuestro cuadro resumen donde podréis ver que requisitos son indispensables para poder acceder a ellas.

Requisitos para optar a las ayudas de gas natural y electricidad

Si estáis interesado, no dudéis en poneros en contacto con el departamento de subvenciones de Romehu Consultores.

AYUDA      AYUDAS PARA COMPENSAR EL SOBRECOSTE ENERGÉTICO DE GAS NATURAL Y/O ELECTRICIDAD DE PYMES Y AUTÓNOMOS
ORGANISMO JUNTA DE ANDALUCIA
OBJETOCubrir los costes adicionales, provocados por la subida de precios de gas y electricidad desde el 1 febrero al 31 de diciembre de 2022
BENEFICIARIOSPymes y autónomos con actividad económica en Andalucía y que tengan la condición de “especialmente afectadas por el incremento de los costes energéticos”.Se determinará que una empresa tiene una condición especialmente afectada por los incrementos de costes energéticos cuando el importe de la facturación anual en electricidad que proporcione la AEAT, en el modelo establecido al efecto, para el ejercicio 2022, con respecto a su cifra de negocios del mismo ejercicio, también proporcionado por la AEAT, sea igual o superior a los porcentajes fijados en el Anexo I, según su CNAE. El cálculo se realizará desde la Administración.

Se excluyen:

·         Las empresas y autónomos de los CNAE indicados en el Anexo I de las bases reguladoras de esta ayuda.

·         No podrán beneficiarse las personas o entidades cuyas empresas comercializadoras proveedoras de gas natural y/o electricidad no se hayan adherido a las condiciones establecidas para la colaboración

·         Pymes o autónomos con actividad económica en Andalucía que hayan recibido otra ayuda cofinanciada mediante el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural o Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

·         No podrán beneficiarse aquellas empresas dadas de alta en 2023.

CUANTÍASe concederá el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportado en el periodo subvencionable entre el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022.La cuantía mínima será de 300 euros y será calculado por la propia administración según los datos aportados por la comercializadora de gas y/o electricidad.
REQUISITOS GENERALES·         Desarrollar actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía que sean titulares de contratos de gas natural o electricidad con empresas comercializadoras que dispongan de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz·         La actividad económica previstas en los códigos CNAE del anexo I de las bases deberá haberse realizado durante el ejercicio 2021 y mantenerla durante el ejercicio 2022

·         En caso de que el autónomo tenga su trabajo en su vivienda habitual deberá tener un contador diferenciado e independiente al de la vivienda

·         Titular de un contrato entre el 1 de enero de 2021 y 31 de diciembre de 2022 de gas y/o luz

·         Se deberá indicar la comercializadora que ha provisto al beneficiario y facturado el gas y electricidad durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022

·         Comercializadoras adheridas: podéis consultarlas en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/empleoempresaytrabajoautonomo/publicaciones/ayudas-sobrecoste-energetico/comercializadoras.html

DOCUMENTACIÓN A APORTAR·         No se aportará ninguna documentación ya que de oficio será consultada, previa autorización.
OBLIGACIONES·         Mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2024·         Alta en notifica

·         Alta en giro

·         Comunicar la información requerida por la Junta

·         Someterse a actuaciones de comprobación y control financiero oportunas

PLAZO DE PRESENTACIÓNHasta el 30 de septiembre
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