Subvenciones

Subvenciones para la Contratación de trabajadores en la Comunidad de Madrid 2025

Subvenciones para la contratación en Madrid

Se abre la oportunidad de solicitar las ayudas de contratación que convoca anualmente la Comunidad de Madrid con el objetivo de apoyar a empresas y autónomos en la incorporación de nuevos empleados o en la conversión de contratos temporales en indefinidos.

Se establecen distintas líneas de ayudas que cubren diferentes perfiles de contratación:

  • Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.
  • Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes.
  • Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes.
  • Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.
  • Línea 5: Incentivos para el fomento de contratación de personas con discapacidad y colectivos especialmente vulnerables.
  • Línea 6: Incentivos a la inserción laboral.

¿Quién puede beneficiarse?

Empresas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid. Además de, entidades privadas sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades civiles y agrupaciones de personas físicas y jurídicas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que no tenga personalidad jurídica propia. 

¿Cuál es el importe de las ayudas?

Los importes de las ayudas oscilarán entre los 5500 y los 9.500 euros dependiendo de la línea escogida y el colectivo contratado. 

Si la contratación se hace a tiempo parcial los importes se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada parcial no podrá ser inferior al 75% de la jornada a tiempo completo comparable.

Además, los importes podrán incrementarse por diversas condiciones: ser mujer, tener hijos menores de 16 años o ascendientes a cargo en situación de dependencia, familias numerosas o monoparentales con hijos menores de 16 años, la primera contratación de un autónomo o para empresas emergentes o startups.

¿Qué colectivos podrán ser contratados?

Podrán ser contratados:

  • Menores de 30 años inscritos como demandantes de empleo el día anterior a su contratación, durante un periodo ininterrumpido de al menos 30 días, e inscrito el día anterior a su contratación en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Mayores de 30 años considerados desempleados de larga o muy larga duración. 
  • Personas entre los 45 y 54 años que estén en desempleo e inscritas como demandantes, al menos, el día inmediatamente anterior a la contratación
  • Mayores de 55 años destemplados e inscritos como demandantes de empleo.
  • Personas desempleadas de cualquier edad, que desempeñen su actividad laboral en un centro de trabajo ubicado en un municipio rural de la Comunidad de Madrid de menos de 5000 habitantes. 
  • Personas desempleadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Y colectivos especialmente vulnerables como son: mujeres víctimas de violencia de género, en riesgo o exclusión social

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas solicitantes?

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y la Comunidad de Madrid. 
  • Mantener la contratación durante un periodo mínimo de 12 meses. 
  • No haber realizado ningún tipo de despido improcedente en los 6 meses anteriores 
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.
  • Publicitar la concesión de la ayuda a través de la web, redes sociales o centro de trabajo.

¿Qué  contrataciones quedan excluidas? 

  • Contrataciones de personas que hayan tenido una relación laboral con la misma empresa o grupo de empresas en los 6 meses anteriores, salvo las personas con discapacidad.
  • Contratos fijos discontinuos
  • Contrataciones de miembros de órganos de administración
  • Contratación de familiares hasta 2 grado de consanguinidad o afinidad.
  • Relaciones laborales de carácter especial
  • Contrataciones realizadas por centros especiales de empleo, empresas de inserción o ETT. 
  • Contrataciones de las mismas personas trabajadoras por las que el solicitante haya obtenido con anterioridad ayuda. 

¿Cómo se solicita?

A través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid hasta el 31 de diciembre de 2025, salvo agotamiento del presupuesto. 

El plazo máximo de presentación de solicitudes será de 1 mes desde el alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

Si quieres aprovechar esta oportunidad para impulsar tu empresa, no dudes en poner en contacto con el departamento de Subvenciones de Romehu Consultores.

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