Subvenciones y ayudas

Subvenciones para fomentar la contratación de personas jóvenes (ECOGJU 2024)

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El Servicio Valenciano de Empleo y Formación (LABORA) ha convocado para este ejercicio 2024 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía juvenil.

Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las titulaciones establecidas en la convocatoria.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarias las entidades empleadoras de naturaleza jurídica (incluidas las personas encuadradas en el RETA) con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar la ECOGJU?

Que la personas por la que se solicita la ayuda cumpla con los siguientes requisitos:

  • Que haya permanecido desempleada e inscrita como demandante de empleo en LABORA hasta su contratación.
  • Que figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito de la Comunitat Valenciana. (Jóvenes menores de 30 años y que no estén estudiando en la actualidad)
  • Y que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
    • Licenciatura o diplomatura, ingeniería superior o técnica, arquitectura o arquitectura técnica
    • Grado universitario
    • Estudios de postgrado universitario
    • Doctorado
    • Técnico o técnico superior de FP reglada, de la formación profesional específica.
    • Otras titulaciones oficinalmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de ESO, Bachillerato ni Formación Profesional básica.
    • Certificado de profesionalidad.
  • Realizar una contratación indefinida inicial a jornada completa, excepto las personas con discapacidad severa, en cuyo caso resultará subvencionable su contratación si su jornada es de al menos 15 horas semanales.
  • La contratación deberá efectuarse a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria que convoque las ayudas. No se subvencionan las contrataciones anteriores a la convocatoria.
  • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato.
  • En todo caso deberá existir una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado, que deberá tener una adecuación al nivel de estudios cursados y al grupo de cotización que corresponda a este nivel.
  • Las personas trabajadoras subvencionadas deberán prestar sus servicios en un centro de trabajo ubicado en la Comunitat Valenciana.

No resultará subvencionable

  • Contratos fijos discontinuos
  • Contratos de servicio del hogar familiar
  • Contratos a tiempo parcial
  • Contrataciones realizadas a personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora o con alguna entidad vinculada directa o indirectamente con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la contratación.
  • Contrataciones realizadas por empresas de trabajo temporal
  • Contrataciones realizadas por personas o entidades empleadoras que hubieran sido excluidos como beneficiarias del programa
  • Relaciones laborales especiales
  • Contrataciones de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad
  • Personas que hubieran tenido algún contrato indefinido o fijo discontinuo en los 3 meses previos a la contratación, salvo que la nueva contratación corresponda a un grupo de cotización superior y resulte adecuada al nivel y currículo de la titulación académica oficial que acredite.
  • Salvo que acredite una discapacidad severa, la condición de víctima o conste certificado de servicios sociales públicos de la situación de riesgo de exclusión social, la contratación bajo la misma modalidad contractual de una misma persona no podrá ser objeto de subvención hasta transcurridos al menos 7 años desde el inicio de la última contratación subvencionada por LABORA, aunque fuera suscritas por distintas personas o entidades.

Cuantía de la ayuda ECOGJU

El importe de la ayuda será de 11.113,00 euros, pero será de

  • 14.288,00 euros si se contratada a una mujer o personas con discapacidad
  • 23.814,00 euros si se trata de personas víctima de violencia de genero
  • 31.752,00 si se contratada a personas con discapacidad severa

La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, con la documentación presentada junto a la solicitud

¿Qué obligaciones deben cumplirse?

  • Mantener del empleo durante 24 meses.
  • No disminuir la plantilla media de la empresa, durante el periodo de mantenimiento
  • Justificar y aportar la documentación necesaria, en el plazo de 1 mes, una vez finalizado el plazo de mantenimiento.
  • Contabilizar la ayuda y disponer de los libros contables correspondientes.
  • Seguir las normas de publicidad y transparencia establecidas en la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitud

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 10 de septiembre de 2024

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