El Ministerio de Trabajo y los sindicatos CC OO y UGT firmaron el pasado viernes 20 de diciembre de 2024 el acuerdo para reducir la jornada máxima legal desde las 40 horas semanales de la actualidad a las 37,5 horas en 2025. Este acuerdo incluye también el registro horario y el derecho a la desconexión digital.
Es importante tener en cuenta que, este acuerdo no será efectivo hasta su publicación en el Decreto Ley, por lo que aún no se ha establecido una fecha específica para su entrada en vigor, pero será implementada durante el próximo año 2025.
El acuerdo indica que la medida se implementará de forma gradual a lo largo del año con el objetivo de negociar y reorganizar la estructura de la jornada laboral en cada empresa, estando plenamente vigente para el 31 de diciembre de 2025.
Por lo tanto, los convenios colectivos tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias con el objetivo de cumplir con la jornada máxima de 37,5 horas semanales en cómputo anual.
Un aspecto importante de esta medida es que la reducción de la jornada laboral no supondrá una disminución del salario. Es decir, las personas trabajadoras seguirán percibiendo el mismo sueldo, a pesar de trabajar menos horas.
Medidas que entrarán en vigor a lo largo del año 2025
Régimen sancionador
El acuerdo también establece que la transgresión de las normas sobre jornada se considerará infracción grave. En el caso de ausencia de registro o falseamiento de datos se multará a las empresas por cada persona empleada con la que se incumplieran las normas, en lugar de aplicar una sanción general.
También serán graves los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que generen riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
En concreto, según el acuerdo, el importe de las multas consideradas graves pasaría de los 7.500 a los 10.000 euros.
- Multas en su grado mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
- Multas en su grado medio: de 2.001 a 5.000 euros.
- Multas en su grado máximo: de 5.001 a 10.000 euros.
Registro de jornada
También se detalla que la empresa mantendrá un registro diario de jornada digital que garantice «la objetividad, fiabilidad y accesibilidad».
La idea es que sea un registro accesible y que no se pueda manipular, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa.
Para ello, los trabajadores ficharán de forma personal y directa al inicio y finalización de cada jornada y registrarán todas las interrupciones de la misma que afecten a su cómputo, identificando además si las horas realizadas son ordinarias, extraordinarias o complementarias.
Además, la información deberá estar disponible de manera remota para los trabajadores, la inspección de trabajo y seguridad social, para que puedan acceder al registro en cualquier momento.
La empresa deberá conservar los registros y los resúmenes durante cuatro años y, si incumple la normativa, «se presumirá como realizada la jornada ordinaria de trabajo, así como las horas extraordinarias y complementarias manifestadas por la persona trabajadora, salvo prueba en contrario”. Y en todos los casos, el sistema deberá garantizar la interoperabilidad para facilitar el intercambio de información entre las partes implicadas.
El Gobierno se da un plazo de seis meses desde la aprobación de la ley para la puesta en marcha de los cambios en el registro horario con un desarrollo reglamentario específico.
Desconexión digital
El acuerdo recoge que todos los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales, a la desconexión digital y a protección frente a la videovigilancia y geolocalización, por lo que, la empresa no podrá comunicarse con el trabajador fuera de sus horas de trabajo. Además, el trabajador tendrá derecho a no estar localizable y no recibir llamadas o mensajes relacionados con su trabajo.
El objetivo es garantizar un equilibrio saludable entre la vida laboral y personal de los trabajadores, y aquellas empresas que no cumplan con el acuerdo pactado, serán sancionadas.
Si una empresa obliga al trabajador a contestar fuera de su horario laboral, ese tiempo será computado como horas extra. Por lo que, atender a mensajes del trabajo a través de medios digitales fuera de la jornada laboral ordinaria no solo puede suponer la realización de horas extra, sino también la vulneración del derecho del trabajador a la desconexión digital.
Si una empresa obliga a su trabajador a realiza horas extras, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social tipifica como infracción grave la trasgresión por parte de las empresas de la normativa en materia de jornada laboral, castigando estos incumplimientos con multas de hasta 7.500 euros.
¿Cómo afectará la reducción de la jornada laboral a las horas extraordinarias?
Los trabajadores con jornada completa, no podrán realizar más de 80 horas extraordinarias al año. Para las personas con una jornada inferior a la general, el número máximo de horas extraordinarias anuales se reducirá proporcionalmente a su jornada.
Con los cambios propuestos en el registro horario, todo el tiempo transcurrido entre el inicio y la finalización de la jornada, reflejado en el registro, será considerado tiempo de trabajo efectivo. El tiempo que exceda de la jornada ordinaria será considerado, según corresponda, como horas extraordinarias o complementarias.
¿Qué pasará con los trabajadores a tiempo parcial?
Los contratos celebrados a tiempo parcial que, al reducirse la jornada a 37,5 horas semanales, tengan una duración del tiempo de trabajo igual o superior se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo.
Además, los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los casos contemplados en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores.
La suma de las horas ordinarias y complementarias, tanto las previamente pactadas como las voluntarias, no podrán superar el límite legal establecido para el trabajo a tiempo parcial.
Para garantizar que tu empresa cumpla con las nuevas normativas sobre la jornada laboral y derechos de los trabajadores, consulta con nuestros asesores laborales. Te acompañamos en cada paso del proceso.