¡Ya puedes aplicar la REDUCCIÓN de 500 € en la base de cotización de tus nuevos trabajadores!
¿Cómo aplicar la reducción?
Para poder beneficiarse de esta exención, se debe cumplir una serie de requisitos.
- El más importante es que la incorporación del nuevo trabajador debe hacerse con un contrato indefinido. Aunque también se podrá aplicar a la contratación de trabajadores a tiempo parcial siempre y cuando la jornada sea de al menos un 50% sobre la jornada a tiempo completo
*Nota: no se podrá aplicar a la contratación de trabajadores que hubiesen estado contratados en la misma empresa mediante un contrato indefinido ni en otras del mismo grupo.
- La empresa deberá mantener el contrato indefinido al menos durante tres años. En caso de no cumplir con el periodo de 36 meses de contratación, la empresa o empleador deberá devolver el importe de las bonificaciones de las que haya disfrutado.
- La empresa o el empleador debe estar al corriente de pago de sus obligaciones a la hora de la contratación, tanto con Hacienda como con la Seguridad Social
- Para acceder a la bonificación la empresa no podrá haber llevado a cabo despidos colectivos, objetivos o disciplinarios improcedentes en los seis meses anteriores a la contratación. Sin embargo, este requisito sólo se contabilizará desde la fecha de entrada en vigor de la bonificación.
¿Hasta cuándo puedo solicitar esta ayuda?
Se estima que la ayuda se mantendrá durante 18 meses, por lo que estará en vigor hasta agosto de 2016.
¿Compatibilidad con otras ayudas?
- Tarifa Joven de trescientos euros para la contratación indefinida de los jóvenes menores de veinticinco años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Programa Especial de Activación para el Empleo. Este Programa permite compatibilizar hasta cinco meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.
Teresa Ribé Atiénzar
Abogada colegiada nº5913
(ICAMUR)