¿Cómo afectará el nuevo Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) a las empresas en España?

España prepara un cambio importante para comercios, bares y restaurantes… pero aún no será inmediato.

España avanza en el diseño del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), un modelo que transformará la gestión de determinados envases de bebidas y que afectará directamente a fabricantes, distribuidores, supermercados, comercios y establecimientos de hostelería.

Sin embargo, conviene hacer una aclaración importante: el sistema todavía no ha entrado en vigor.

Aunque en los últimos meses se ha hablado mucho de esta medida y ya existen avances en su diseño, el proyecto continúa en fase de desarrollo y presenta importantes retos técnicos, logísticos y organizativos.

No en vano, España prepara uno de los sistemas SDDR más grandes y complejos de Europa, con una estimación cercana a 18.000 millones de envases anuales, lo que exige coordinar a miles de empresas y adaptar infraestructuras, sistemas tecnológicos y procesos administrativos antes de su puesta en funcionamiento.

Por ello, aunque inicialmente se manejaban calendarios más próximos, todo apunta a que su implantación podría retrasarse. De hecho, la normativa europea fija como fecha límite el 1 de enero de 2029 para alcanzar los objetivos de recogida de envases, por lo que el despliegue definitivo del sistema podría apurarse hasta ese momento.

Esto significa que las empresas todavía no tienen que aplicar el SDDR, pero sí es recomendable conocer en qué consiste y comenzar a valorar cómo puede afectar a su actividad.

¿Qué es el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR)?

El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) consiste en añadir un depósito económico reembolsable al precio de determinados envases de bebidas.

Cuando el consumidor devuelve el envase en un punto autorizado o en una máquina de retorno, recupera íntegramente ese importe.

Es importante destacar que no se trata de un impuesto ni de un recargo, sino de un depósito temporal cuyo objetivo es incentivar la devolución de los envases y aumentar las tasas de reciclaje.

Este modelo ya funciona desde hace años en diversos países europeos y forma parte de la estrategia de economía circular impulsada por la Unión Europea.

¿Por qué se implantará este sistema en España?

La Unión Europea exige a los Estados miembros alcanzar objetivos cada vez más ambiciosos en materia de recogida selectiva y reciclaje de envases.

En el caso de España, los niveles de recuperación de determinadas botellas de plástico no han alcanzado los porcentajes previstos, motivo por el que se ha impulsado el desarrollo del SDDR como una de las herramientas para mejorar dichos resultados.

El objetivo final es acercarse al 90 % de recogida selectiva de envases, favoreciendo su reutilización y reciclaje.

¿Cuándo entrará en vigor?

Esta es, probablemente, la pregunta que más se hacen actualmente muchas empresas.

La respuesta es sencilla: todavía no existe una fecha definitiva para la implantación obligatoria del sistema.

El Gobierno continúa trabajando en el diseño del modelo junto con fabricantes, distribuidores, operadores logísticos y el resto de agentes implicados.

Sin embargo, la magnitud del proyecto hace que numerosos expertos y representantes del sector consideren probable un retraso respecto a los primeros calendarios previstos.

La implantación requiere, entre otras cuestiones:

  • Adaptar miles de establecimientos.
  • Instalar nuevos sistemas tecnológicos.
  • Coordinar la logística de recogida.
  • Integrar nuevos procesos administrativos.
  • Modificar sistemas de gestión y facturación.

Todo ello convierte al SDDR español en uno de los proyectos de economía circular más complejos de Europa.

Por este motivo, es posible que el calendario se prolongue hasta el plazo máximo que permite la normativa europea, situado en el 1 de enero de 2029.

Mientras tanto, las empresas no tienen obligación de aplicar todavía este sistema, aunque sí resulta recomendable seguir su evolución para poder adaptarse cuando llegue el momento.

¿Qué empresas podrían verse más afectadas?

Aunque el impacto alcanzará a toda la cadena de suministro, algunos sectores deberán prepararse especialmente.

Entre ellos destacan:

  • Bares.
  • Restaurantes.
  • Cafeterías.
  • Supermercados.
  • Tiendas de alimentación.
  • Comercios minoristas.
  • Grandes superficies.
  • Distribuidores de bebidas.
  • Fabricantes.
  • Empresas del canal HORECA.

En muchos casos será necesario revisar tanto la operativa diaria como la gestión administrativa del negocio.

Mucho más que devolver envases

Cuando se habla del SDDR suele pensarse únicamente en devolver una botella y recuperar un importe.

Sin embargo, para las empresas el verdadero reto será adaptar su organización interna.

Entre otros aspectos, deberán revisarse:

  • Sistemas de facturación.
  • Procesos de cobro y devolución.
  • Gestión de caja.
  • Conciliaciones contables.
  • Procedimientos administrativos.
  • Adaptación de programas de gestión.
  • Formación del personal.
  • Organización logística de los envases.
  • Coordinación con proveedores y distribuidores.

En definitiva, se trata de un cambio que afectará tanto a la operativa como a la gestión empresarial.

¿Cómo pueden prepararse las empresas?

Aunque la implantación todavía pueda demorarse, comenzar a prepararse con antelación permitirá afrontar el cambio con mucha mayor tranquilidad.

Algunas recomendaciones son:

  • Mantenerse informado sobre la evolución normativa.
  • Analizar qué impacto tendría el SDDR en la actividad de la empresa.
  • Revisar los procedimientos internos relacionados con ventas y devoluciones.
  • Verificar si el software de gestión podrá adaptarse a los nuevos requisitos.
  • Formar a los equipos cuando se aproxime la implantación.
  • Contar con asesoramiento especializado para adaptar correctamente la organización.

Prepararse no significa realizar cambios inmediatos, sino comprender el alcance de una medida que probablemente transformará numerosos procesos empresariales.

La anticipación sigue siendo una ventaja competitiva

Las empresas que conozcan con tiempo las futuras obligaciones podrán planificar mejor sus inversiones, adaptar progresivamente sus procedimientos y reducir posibles incidencias cuando el sistema entre finalmente en funcionamiento.

Además, anticiparse facilita una transición más ordenada y evita decisiones precipitadas cuando la normativa sea definitivamente aplicable.

El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) supondrá uno de los cambios más relevantes para numerosos sectores empresariales en los próximos años.

No obstante, es importante recordar que el sistema todavía no está en vigor y que su implantación definitiva podría demorarse debido a la complejidad técnica y organizativa que implica poner en marcha un proyecto de estas dimensiones.

Aunque inicialmente se manejaban plazos más próximos, el horizonte máximo previsto por la normativa europea se sitúa en el 1 de enero de 2029, por lo que todavía existe margen para que las empresas conozcan la medida y preparen su adaptación.

Más que una obligación inmediata, el SDDR debe entenderse hoy como un cambio normativo que conviene seguir de cerca. Las organizaciones que se informen con antelación y planifiquen su adaptación estarán en una mejor posición para afrontar la transición cuando el sistema sea finalmente una realidad.

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