La campaña para la declaración de la Renta 2024-2025 ya está en marcha, y como en cada año trae consigo una serie de importantes novedades fiscales que pueden marcar la diferencia en tu declaración. Estar al tanto de estos cambios no solo te ayudará a cumplir con tus obligaciones a tiempo, sino que también puede permitirte ahorrar dinero aprovechando nuevas deducciones y herramientas. En este blog te contamos de forma clara y sencilla qué debes tener en cuenta para hacer tu declaración con confianza y sin errores.
1. Aumento de umbral de ingresos exentos de declarar.
El limite para la obligación de presentar la declaración se eleva a 15878 euros anuales para contribuyentes con mas de un pagador, siempre que la suma de las cantidades perciba del segundo y restantes pagadores supere en conjunto los 1500 euros anuales.
2. Reducción por rendimientos del trabajo.
La reducción por rendimientos del trabajo aumenta de 6498 euros a 7302 euros anuales. Esta reducción se aplica en su totalidad a contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14852 euros euros. Para rendimientos superiores, la reducción disminuye progresivamente.
3. Deducciones por alquiler de vivienda.
Se introducen reducciones en los rendimientos netos del capital inmobiliario para nuevos contratos de alquiler en zonas de alta demanda y para viviendas arrendadas a jóvenes o con fines sociales.
4. Exención por ayudas relacionadas con la Dana.
Las ayudas recibidas por afectados por la Depresión Aislada de Niveles Altos (DANA) están exentas de tributar en el IRPF
5. Incremento de deducciones por donativos.
Se amplían las deducciones fiscales por donativos a organizaciones no gubernamentales y entidades sin animo de lucro
6. Incentivos fiscales para vehículos eléctricos.
Se establece la libertad de amortización para vehículos nuevos eléctricos y para infraestructuras de recarga afectas a actividades económicas
7. Declaración de transacciones con criptomonedas.
Se establece la obligación de declarar las transacciones realizadas con criptomonedas, con un régimen de sanciones para el incumplimiento.
8. Nuevas formas de pago.
Se incorporan métodos de pago como tarjeta de crédito y Bizum para el pago de impuestos.
Las distintas Comunidades Autónomas también incorporan novedades en su tramo del IRPF. Señalamos algunas de ellas:
Comunidad Valenciana.
Deducciones por gastos médicos: se han implementado deducciones para tratamientos de enfermedades raras y crónicas, cuidades de personas con daños cerebral o Alzheimer, tratamientos bucodentales no estéticos, atención a patologías de salud mental y adquisición de lentes. Los montos deducibles varían, con máximos de hasta 150 euros para familias numerosas
Comunidad de Madrid.
Familias numerosas. Deducción del 50% en la cuota integra autonómica, con un limite de 6186 euros en tributación individual o 12372 euros en conjunta para familiar numerosas de categoría general.
Para familiar de categorial especial, la deducciones del 100% con limites de 12372 euros en tributación individual o 24744 euros en conjunta.
Andalucía.
Deducciones por circunstancias personales y familiares. Deducción relativas a la vivienda habitual.
Ayuda domestica: 20% de las cantidades pagadas a la seguridad social por la contratación de empleados del hogar, con un limite de 500 euros.
Gastos educativos: 15% de los gastos de educación con un limite de 150 euros.
Gastos de defensa jurídica de la relación laboral
Región de Murcia.
Deducciones por vivienda habitual: Inversión de vivienda habitual por jóvenes. Arrendamiento de vivienda habitual.
Deducciones por educación y conciliación: Adquisición de material escolar y libros de texto. Gastos en enseñanza de idiomas. Conciliación (deducción de 600 euros por cada hijo menor de 12 años, siempre que ambos progenitores trabajen).
Deducciones por familia
Gastos de acceso a internet en municipios de menos de 15000 habitantes.
Inversión en instalaciones de energías renovables.
Fechas de campaña de Renta y Patrimonio
Les recordamos las fechas para confeccionar su declaración de Renta y Patrimonio 2024:
- 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.