Fiscal

MODIFICACIÓN DEL MODELO 303 DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO EN MATERIA DE RECTIFICACIONES

modelo 303 iva

El 30 de julio de 2024, se publicó la Orden HAC/819/2024, que introduce modificaciones importantes a la Orden EHA/3786/2008, la cual regula el modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España. Estas actualizaciones reflejan la voluntad de la Agencia Tributaria de adaptar las normativas fiscales a un entorno cada vez más digitalizado y de asegurar un mayor control sobre las declaraciones de IVA, respondiendo a la evolución de las necesidades tanto de la administración como de los contribuyentes.

La Orden HAC/819/2024 surge en un contexto de modernización de los procesos fiscales, con el objetivo de mejorar la precisión y eficiencia en la recaudación del IVA. Esta actualización también responde a la necesidad de simplificar el proceso de declaración para los contribuyentes, al tiempo que refuerza los mecanismos de control y verificación de las operaciones declaradas.

Principales Modificaciones Introducidas en el Modelo 303

Esta nueva figura sustituirá, en aquellos tributos en los que así se establezca, el actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación. De esta forma, mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa el obligado tributario, podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad de esperar, en el caso de solicitud de rectificación, una resolución administrativa.

  • Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual en la autoliquidación de septiembre de 2024.
  • Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral en la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.

Excepciones del Modelo 303

Este nuevo sistema de rectificación se configura como el procedimiento general con dos excepciones:

  • Cuando el motivo de la rectificación alegado sea la eventual vulneración por la norma aplicada en la autoliquidación previa de los preceptos de otra norma de rango superior, la rectificación se podrá efectuar mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa o bien mediante el tradicional procedimiento de solicitud de rectificación de autoliquidaciones.
  • Quedan excluidos de la autoliquidación rectificativa los casos de rectificaciones de cuotas indebidamente repercutidas a otros obligados tributarios a las que se refiere el artículo 129 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, cuya rectificación se efectuará en todo caso a través del procedimiento de solicitud de rectificación de autoliquidaciones.

Conclusión

La Orden HAC/819/2024 marca un paso importante hacia la modernización del sistema de autoliquidación del IVA en España. Las modificaciones del modelo 303 buscan no solo aumentar la precisión y el control sobre las declaraciones fiscales, sino también facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias para los contribuyentes. Es fundamental que tanto las empresas como las asesorías fiscales se adapten a estos cambios para asegurar un cumplimiento normativo adecuado y aprovechar las oportunidades que ofrece un sistema fiscal más digitalizado y eficiente.

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