Si te has quedado sin trabajo y no sabes si tienes derecho a solicitar el paro ni sabes cuánto cobraras, ni cuánto tiempo podrás cobrar el paro, ni qué trámites debes hacer para poder solicitar el paro, este post te ayudará a enfrentar más claramente esa situación de desempleo.
¿Puedo cobrar el paro?
En primer lugar El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) nos dice que para poder beneficiarnos de la prestación por desempleo , la pérdida del empleo debe ser de forma involuntaria, es decir, si eres tú quién deja el puesto de trabajo no puedes solicitar el paro y por tanto no puedes percibir la ayuda por desempleo.
En segundo lugar El SEPE nos dice que para acceder a un subsidio por desempleo, hay que tener en cuenta el número de meses cotizados (mínimo 360 días trabajados) y si tienes o no responsabilidades familiares, pues la duración y la cuantía del desempleo variarán en función de ello. Si no llegas al mínimo de días cotizados sólo podrás percibir el subsidio, cuya cuantía es menor.
En la siguiente tabla te lo desglosamos:
- Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de prestación.
- Desde 540 hasta 719días trabajados: 180 días de prestación.
- Desde 720 hasta 899días trabajados: 240 días de prestación.
- Desde 900 hasta 1.079días trabajados: 300 días de prestación.
- Desde 1.080 hasta 1.259días trabajados: 360 días de prestación.
- Desde 1.260 hasta 1.439días trabajados: 420 días de prestación.
- Desde 1.440 hasta 1.619días trabajados: 480 días de prestación.
- Desde 1.620 hasta 1.799días trabajados: 540 días de prestación.
- Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de prestación.
- Desde 1.980 hasta 2.159días trabajados: 660 días de prestación.
- Desde 1.160días trabajados: 720 días de prestación.
En tercer y último lugar, solo podrás cobrar el paro si te apuntas al SEPE como demandante de empleo.
Una vez que tienes claro que puedes solicitar el paro, debemos preguntarnos cuanta será la prestación a recibir y qué he de hacer para recibirla.
¿Cuánto es la prestación de desempleo que recibiré?
Si no cuentas con un asesor laboral el cálculo de la cuantía es relativamente sencillo a través de la propia página del SEPE (Servicios Públicos de Empleo Estatal) la cual pone a disposición del usuario una plataforma para el autocálculo.
¿Cómo solicitar el paro y cobrar la prestación?
En primer lugar hay que tener claro que no se podrá cobrar la prestación ni solicitar el paro hasta que no se hayan disfrutado los días de vacaciones pendientes tras el despido. ¿Vacaciones? Si, vacaciones. Normalmente cuando se produce un despido la empresa comunica al empleado su decisión de rescindir la relación laboral, con 15 días de antelación a la ruptura del mismo. Esos 15 días normalmente son consideradas como vacaciones no disfrutadas y por tanto días laborales cotizados en la Seguridad Social. Por este motivo, por seguir cotizando en la Seguridad Social, hay que esperar a que finalicen estos días antes de iniciar el proceso de solicitar el paro.
Del mismo modo, existe un límite legal de quince días hábiles (no se incluyen sábados ni domingos) desde que se deja de cotizar a la Seguridad Social para solicitar la prestación. En caso de no hacerlo se corre el riesgo de perder el derecho a la prestación.
Una vez sabido esto, solicitar el paro ha de hacerse mediante el SEPE. El SEPE es el encargado de gestionar cualquier trámite que tenga que ver con empleo y desempleo en España y gracias a la existencia de la administración electrónica se puede solicitar el paro bien en las oficinas de SEPE o a través de internet. El proceso es sencillo, te lo explicamos:
Solicitar en paro en las Oficinas de SEPE
Acudir a la oficina más cercana a tu domicilio y aportar la siguiente documentación:
- Solicitud de la prestación en modelo normalizado. Este documento lo facilita la oficina del Servicio Público de Empleo. El impreso de solicitud incorpora la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.
- Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos).
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero.
- Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
- Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses. Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.
Con estos documentos ya sólo habría que inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación que nos correspondiese en la mesa asignada.
Solicitar el paro online
Gracias a la existencia de la administración electrónica puedes ahorrarte las colas interminables de espera en la puerta de las Oficinas del SEPE y solicitar el paro online. Para poder acceder a este servicio será necesario:
- Certificado digital
- DNI Electrónico
- o Usuario y contraseña en Red Trabaj@ y/o SEPE
Este último se puede adquirir en las oficinas de SEPE y sirve para realizar cualquier trámite en línea con los servicios de empleo, como por ejemplo sellar el paro a través de internet.
Una vez dentro el proceso tiene 13 pasos. Habrá que proporcionar nuestros datos personales como DNI, nombre y apellidos o domicilio, entre otros y presentar la documentación requerida la cual coincide con la detallada en la modalidad presencial. Los documentos se anexarán directamente en el programa y tras darle a confirmar solicitud podremos visualizarla y pedir un justificante de la tramitación.