Ha sido publicado en el DOGV la resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA, por la que se convoca para el ejercicio 2023 el Programa de fomento de contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio , de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
https://dogv.gva.es/datos/2023/03/01/pdf/2023_2027.pdf
Objetivo de la convocatoria:
Fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables.
Se entenderá por colectivos vulnerables:
• Personas en riesgo de exclusión social
• Desempleados de larga duración
• Mayores de 50 años
• Diversidad funcional
• Mujeres víctimas de violencia de género, sexual o de trata
• Mujeres cabeza de familia monoparental
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios las entidades empleadoras privadas, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
Quedan excluidos: agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separada que, que aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables. Así como, sectores de pesca y acuicultura, producción primaria de productos agrícolas.
Importe de la subvención:
El importe de la subvención ascenderá a 27.216 euros; se incrementará en caso contratar a mujeres: 28.728 euros y si son personas afectadas por violencia de género o diversidad funcional: 30.240 euros.
Requisitos principales:
Realizar una contratación indefinida a tiempo completo de personas inscritas en LABORA que pertenezcan a alguno de los colectivos indicados anteriormente, a fecha posterior a la publicación del extracto de la convocatoria.
La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato.
Obligaciones:
Mantener el puesto de trabajo durante 24 meses. En caso de ser concedida la ayuda y producirse una baja del trabajador de forma voluntaria, por fallecimiento jubilación, despido disciplinario u otro motivo no declarado improcedente podrá en el plazo de 1 mes realizarse sustitución.
La empresa deberá mantener la plantilla media de trabajadores durante el periodo de mantenimiento establecido en el apartado anterior.
Además, deberá estar al corriente de obligaciones AEAT y Seguridad social
Presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 2 de marzo de 2023 y finalizará el 31 de mayo de 2023.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 2 meses desde la contratación