Directiva (UE) 2020/285: España denunciada ante el Tribunal de Justicia de la UE por no transponer la exención del IVA para autónomos y pymes

La Comisión Europea ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto la Directiva (UE) 2020/285, que permite eximir del IVA a autónomos y pequeñas empresas que no superen los 85.000 euros de facturación anual.

¿Qué es la Directiva (UE) 2020/285?

La Directiva (UE) 2020/285, del Consejo de 18 de febrero de 2020, modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al régimen especial de las pequeñas empresas. También modifica el Reglamento (UE) 904/2010 en lo que respecta a la cooperación administrativa y al intercambio de información para vigilar la correcta aplicación de dicho régimen. Fue publicada el 2 de marzo de 2020.

En concreto, la norma modifica el artículo 284 de la directiva matriz e introduce la posibilidad de que los estados miembros concedan una franquicia del impuesto —es decir, una exención fiscal o beneficio fiscal otorgado al contribuyente— para autónomos y pequeñas empresas. Es importante no confundir este término con el concepto de franquicia comercial: en este contexto, se trata de un beneficio tributario.

«Los Estados miembros podrán conceder una franquicia del impuesto en relación con las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuadas en su territorio por los sujetos pasivos que estén establecidos en él y cuyo volumen de negocios anual en el Estado miembro, correspondiente a dichas entregas y prestaciones, no exceda de un umbral determinado fijado por ese Estado miembro para la aplicación de dicha franquicia. Dicho umbral no excederá de 85 000 EUR o su contravalor en moneda nacional.» — Art. 284, Directiva (UE) 2020/285

El incumplimiento de España y la denuncia ante el TJUE

Los estados miembros de la Unión Europea se comprometieron a transponer esta norma europea a sus respectivos ordenamientos jurídicos antes del 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, el Gobierno de España no ha cumplido con dicho compromiso.

Ante esta situación, la Comisión Europea ha denunciado esta anomalía, que supone además un agravio comparativo para los autónomos y pequeñas empresas españolas respecto a sus homólogos europeos, cuyos países sí han procedido a la transposición dentro del plazo establecido.

¿Qué implicaría su transposición para autónomos y pymes en España?

Esta normativa podría suponer un cambio muy significativo en el tejido productivo y fiscal de España, con especial relevancia para autónomos y pequeñas empresas que facturen ingresos inferiores a 85.000 euros anuales. Dichos contribuyentes podrían quedar exentos de la obligación de repercutir y liquidar el IVA, simplificando notablemente su carga administrativa y fiscal.

El caso de Canarias: un precedente autonómico

La situación en España resulta especialmente anómala si se tiene en cuenta que, mientras el Gobierno central incumple la directiva, algún gobierno autonómico con singularidad fiscal ya ha actuado. El Gobierno de Canarias ha aprobado una modificación del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en la que prevé la exención para autónomos que no superen los 50.000 euros anuales de facturación, acogiendo así parte del espíritu de la normativa europea.

Próximos pasos: la resolución del Tribunal de Justicia de la UE

En los próximos meses, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitirá su resolución y obligará al Gobierno de España a transponer la Directiva (UE) 2020/285. De producirse, esto supondría un cambio radical en la fiscalidad española y un beneficio económico para miles de autónomos en todo el país.

Zacarias Romero Hernandez

Abogado Colegiado n.16499 ICAS – Jurídico

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