Actualmente existe en la Región de Murcia una serie de ayudas dirigidas a personas desempleadas que estén interesadas en darse de alta como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia.
Entre ellas cabe destacar el Programa de subvenciones para el fomento del autoempleo (Cuota Cero) dirigida a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y desempleados de larga duración.
Este programa se estructura en dos subprogramas:
- Subprograma 1: ayuda al establecimiento por cuenta propia
- Subprograma 2: ayuda al mantenimiento de la actividad, mediante la financiación del pago de cuotas a la Seguridad Social del Régimen especial de Trabajadores por cuenta propio o autónomo.
En el primer subprograma las cuantías de la subvención con carácter general serán de hasta 2000 euros; si la beneficiaria es una mujer podrá ser de hasta 2500 euros y si se encuentra en situación de discapacidad, en riesgo de exclusión social o es víctima de violencia de genero será de hasta 3500 euros.
En cuanto al subprograma 2, la ayuda va dirigida al abono de las cuotas de autónomos de la Seguridad Social por todos los conceptos de carácter obligatorio, de la base mínima de cotización.
Es posible acceder a estas ayudas a través de la Sede electrónica del Carm mediante los procedimientos 2433 y 2280 y su plazo de solicitud estará abierto hasta el 2 de noviembre de 2022.
Asimismo, existe otra subvención para el fomento del empleo autónomo dirigido para personas desempleadas que quieran establecerse como autónomo y que pertenezcan a alguno de los colectivos siguientes:
COLECTIVO | importe | |
HOMBRES | Menores de 30 años | 6.000,00 |
De 45 a 54 años | ||
De 30 a 44 años parados de larga duración | ||
Con discapacidad |
8.000,00 | |
En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras de ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | ||
De 45 a 54 años parados de larga duración | ||
De 55 o más años | ||
MUJERES | En general | 7.000,00 |
Con discapacidad |
9000,00 | |
En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras de ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | ||
De 45 a 54 años paradas de larga duración | ||
De 55 o más años |
Esta ayuda va dirigida a cubrir las inversiones en activos de inmovilizado material o intangible necesarios para el desarrollo de la actividad por un importe superior a 2500 euros (IVA excluido)
Es posible acceder a ella a través de la Sede electrónica del CARM mediante el procedimiento 2097 y su plazo de solicitud es continuo.
En Romehu Consultores y Asociados estamos para ayudarles en lo que necesiten, no duden en ponerse en contacto con nosotros y le informaremos de todos los requisitos.