Se acaban de convocar las nuevas ayudas directas dirigidas a los pequeños comercios de la Región de Murcia.
Más de 8.300 comerciantes autónomos podrán beneficiarse de esta ayuda cuyo plazo de solicitud finalizará el próximo 25 de abril.
Se trata de un pago único de 600 euros para apoyar el mantenimiento de la actividad de los autónomos y paliar los efectos de la inflación, derivada de la crisis energética y del conflicto bélico en Ucrania.
En cuanto a los requisitos destacamos los siguientes:
- Experimentarse una caída de los rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021
- Autónomos que no tengan más de dos trabajadores a cargo de la actividad de comercio minorista.
- Tener domicilio fiscal en Murcia
- Actividad incluida en el CNAE 47.
Como obligación se deberá mantener el alta en el RETA de forma ininterrumpida durante 3 meses a contar desde la concesión de la ayuda.
Si estás interesado y quieres saber si cumples con los requisitos no dudes en ponerte en contacto con nuestro departamento de subvenciones. Estaremos encantados de ayudarte.
Cuadro Resumen de la ayuda
AYUDA | SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS AUTÓNOMAS DEL COMERCIO MINIORISTA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA LUCHAR CONTRA LA INFLACIÓN. PROCEDIMIENTO 4105 |
ORGANISMO | CONSEJERÍA DE EMPRENDIMIENTO, ECONOMIA SOCIAL Y AUTONOMOS |
OBJETO | Ayudas dirigidas a personas trabajadoras autónomas pertenecientes al comercio minorista de la Región de Murcia dirigidas a paliar los efectos de la inflación, incluidas en los CNAES que se relacionan en el anexo de la convocatoria.
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BENEFICIARIOS | Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas adscritas en el régimen especial RETA y en alta a la fecha de la publicación de la orden EXCLUIDOS: · Autónomos que tengan más de 2 trabajadores a su cargo en la actividad de comercio minorista. · Autónomos colaboradores y familiares que no tengan la condición de trabajador por cuenta ajena.
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CUANTÍA | Ayuda única de 600 euros por solicitud, con la finalidad de apoyar el mantenimiento de la actividad del comercio minorista.
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REQUISITOS GENERALES | · Domicilio fiscal en la Región de Murcia · CNAE 47 sector comercio minorista. · Haber experimentado una caída de rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021 · Estar afiliados y en alta en el RETA a fecha de la publicación de la convocatoria. · Pertenecer al sector del comercio minorista (anexo I de la convocatoria)
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DOCUMENTACIÓN A APORTAR | · Certificado de titularidad bancaria · Para autónomos en Estimación objetiva “módulos” se tendrá en cuenta la casilla 01 (suma de rendimientos netos del modelo 131 (pago a cuenta de IRPF del 4 trimestre del 2021. Y la casilla 01 del modelo 131 del 4 trimestre del ejercicio 2022. · Para aquellos autónomos en Estimación Directa simplificada, se tendrá en cuenta la casilla 03 (rendimiento neto del modelo 130 (pago a cuenta de IRPF) del 4 trimestre del ejercicio 2021 y la casilla 03 del modelo 130 del 4 trimestre del ejercicio 2022. · Para aquellos autónomos que su sistema de tributación en renta sea estimación Directa Normal/simplificada (EDNS) y por las características de su actividad profesional no tengan la obligación tributaria de presentar el modelo 130 à anexo II-A · Para aquellos autónomos que su sistema de tributación en renta sea estimación directa normal/ simplificada y por las características de su actividad profesional no tenga la obligación tributaria de presentar el modelo 130 àAnexo II-B · Informe vida laboral del trabajador autónomo · Autónomos que no tengan la obligación tributaria de presentar el modelo 130 estarán obligados a presentar una memoria de rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021 · Los autónomos societarios que tributen como rendimientos de trabajo derivada de su relación con su entidad jurídica: vendrán obligados a presentar una memoria de rendimientos netos entre los ejercicios 2022 y 2021. · La memoria de rendimientos se complementará en un momento posterior mediante presentación de la declaración de la renta de los ejercicios 2022 y 2021, en la forma indicada en la convocatoria antes del 30 de junio de cada ejercicio fiscal.
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OBLIGACIONES | · Estar al corriente de obligaciones tributarias AEAT y de la Región · Estar al corriente de obligaciones en la Seguridad Social · Cumplir con las obligaciones establecidas en el art. 14 Ley 38/2003 · Presentar documentación justificativa de la caída de rendimiento entre los ejercicios 2022 y 2021 junto a la solicitud o antes del 30 de junio de 2023, tal y como indica el art. 7.4 de la orden de bases para autónomos no obligados a presentar el modelo 130 y 131 · Mantener el alta en el RETA de forma ininterrumpida durante 3 meses a contar desde la concesión de la ayuda. · Someterse a supervisión, seguimiento y control de subvenciones.
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PLAZO DE PRESENTACIÓN
| Hasta el 25 de abril de 2023 |