La Generalitat Valenciana ha puesto en marcha un programa de subvenciones para pymes y autónomos afectados por la DANA del 29 de octubre de 2024, con el objetivo de reactivar la economía local y apoyar la continuidad del tejido empresarial en las zonas más golpeadas por el temporal.
Estas ayudas forman parte del plan de recuperación económica y buscan tanto respaldar a las empresas que tuvieron que parar su actividad, como incentivar la creación de nuevos proyectos en los municipios afectados.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Pueden beneficiarse de las subvenciones:
- Autónomos y pymes con centro de trabajo en los municipios incluidos en el Anexo II de la convocatoria.
- Empresas que:
- Estuvieran en funcionamiento el 29/10/2024 y hayan reabierto tras sufrir daños.
- Hayan iniciado una nueva actividad después de esa fecha en alguna de las localidades afectadas.
No podrán acceder a estas ayudas: comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad jurídica, entidades sin ánimo de lucro y empresas públicas.
Gastos subvencionables
La subvención cubre diferentes tipos de gastos esenciales para reactivar la actividad:
- Alquiler de locales, oficinas o naves.
- Gastos laborales de personal contratado (máximo 3.000 € brutos/mes por trabajador).
- Servicios profesionales: gestoría, asesoría jurídica, licencias, notaría, consultoría o incubación de proyectos.
No se consideran subvencionables: alquiler de viviendas, cuotas de autónomos, seguridad social empresarial, impuestos, compra de inmovilizado o stock, sanciones ni gastos suntuarios.
Importe de la ayuda
La cuantía depende del grado de afectación del municipio:
- Hasta 30.000 € en zonas más gravemente afectadas.
- Hasta 20.000 €, 10.000 € o 5.000 €, según la clasificación de daños en cada localidad.
Importante: solo se concederá una ayuda por beneficiario.
Obligaciones de los beneficiarios
Los autónomos y pymes que reciban esta subvención deberán:
- Someterse a controles y comprobaciones de la administración.
- Comunicar la obtención de otras ayudas destinadas a los mismos gastos.
- Conservar la documentación justificativa y aportarla junto a la solicitud.
- Dar visibilidad al carácter público de la ayuda (incluir logotipos y mención a la financiación en web, cartelería o materiales de difusión).
- Reintegrar los fondos si se incumplen las condiciones establecidas.
Plazos y tramitación
- Periodo de solicitudes: del 15 de septiembre al 15 de octubre de 2025.
- El trámite deberá realizarse exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (programa EMDANA).
Una oportunidad para pymes y autónomos
Estas ayudas de la Generalitat Valenciana son una herramienta clave para impulsar la recuperación económica en los municipios afectados por la DANA. Si eres autónomo o pyme, y cumples con los requisitos, no dejes pasar esta oportunidad para reactivar tu negocio, mantener el empleo y generar nuevas oportunidades en tu localidad.








