Jurídico, Laboral

Registro de Jornada: Qué exige la ley y por qué tu empresa debe actuar ¡ya!

El control horario se ha convertido en uno de los puntos más vigilados por la Inspección de Trabajo, y en 2026 volverá a estar en el centro de muchas actuaciones inspectoras. Sin embargo, todavía son numerosas las empresas que mantienen sistemas de fichaje incompletos, poco fiables o que no cumplen con los requisitos legales mínimos.

En este artículo te explicamos qué exige realmente la ley, qué está revisando la Inspección y qué pasos debe dar cualquier empresa para evitar sanciones y problemas futuros.

¿Qué exige la normativa sobre registro de jornada?

El Real Decreto-Ley 8/2019, junto con las directrices actualizadas de la Dirección de Trabajo y la Inspección de Trabajo, establece que todas las empresas deben llevar un registro diario e individualizado de la jornada de cada trabajador.

Esto implica anotar de manera precisa la hora exacta de inicio y de finalización de la jornada laboral, independientemente del tipo de contrato o del sector.

La obligación es general, no depende del tamaño de la empresa ni del sistema escogido para registrar la jornada: lo importante es que el sistema sea fiable, verificable y accesible.

La Inspección intensifica el control en 2026

La Inspección de Trabajo ha anunciado una intensificación de las actuaciones relacionadas con el control horario durante 2026.

Los inspectores pueden solicitar acceso inmediato a los registros de jornada. Si la empresa no puede facilitarlos en el momento, o si estos presentan inconsistencias o parecen manipulables, puede enfrentarse a:

  • Sanciones económicas
  • Reclamaciones por horas extraordinarias
  • Problemas legales y reputacionales
  • Dificultades para defenderse ante conflictos laborales

Por ello, ya no basta con “tener un sistema”. Es imprescindible que dicho sistema sea fiable, trazable y seguro.

Tres elementos que tu empresa debe revisar hoy mismo

Para cumplir adecuadamente con la normativa y minimizar riesgos, es fundamental revisar los siguientes aspectos:

1. Registro diario e individual por trabajador

Cada persona empleada debe tener su propio registro con las horas reales de entrada y salida.

2. Preferencia por sistemas digitales con trazabilidad

Aunque el papel aún es válido legalmente, la práctica y las directrices de Inspección lo dejan claro:

los sistemas manuales son difíciles de defender ante una inspección.

Si sigues usando papel:

  • El trabajador debe firmar diariamente
  • Debes garantizar una custodia inalterable
  • Debes poder mostrar los registros de forma inmediata

3. Conservación y disponibilidad inmediata

Los registros deben conservarse y estar siempre accesibles para su revisión inmediata por parte de la Inspección.

Conclusión: el registro de jornada ya no admite improvisaciones

El control horario es un aspecto crítico de la gestión laboral. No solo por evitar sanciones, sino por asegurar un marco de transparencia y protección frente a posibles reclamaciones internas o externas.

¿Necesitas revisar tu sistema de fichaje?

Si tienes dudas sobre si tu sistema cumple la normativa o quieres implantar un método digital, seguro y válido ante la Inspección, en ROMEHU CONSULTORES podemos ayudarte.

👉 Contacta con nuestro equipo y revisamos tu situación actual.

Por: Pilar Liebana Soto

Departamento Jurídico

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