Renta 2025: 15 consejos para revisar bien el borrador antes de presentarlo

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Cómo obtener el borrador de la Renta 2025

El borrador o los datos fiscales pueden consultarse a través de Renta WEB, identificándose con:

  • certificado digital o DNI electrónico,
  • Cl@ve,
  • número de referencia,
  • o mediante la APP oficial de la Agencia Tributaria.

Antes de presentar tu declaración:

  • revisa, no confirmes directamente
  • comprueba cada dato relevante
  • valida deducciones y gastos

Una revisión de 30 minutos puede evitar errores que luego cuestan dinero… o problemas con Hacienda.

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 está a punto de comenzar y conviene afrontarla con una idea clara: el borrador de Hacienda no se debe confirmar sin revisarlo a fondo. Es una propuesta, no una declaración cerrada. Puede contener errores, omisiones o no recoger correctamente deducciones a las que sí se tiene derecho.

 

La campaña arranca el 8 de abril de 2026 para la presentación por internet, la cita previa telefónica comienza el 6 de mayo de 2026, la atención presencial en oficinas se inicia el 1 de junio de 2026 y el plazo general finaliza el 30 de junio de 2026.

 

A continuación, resumimos los 15 puntos que conviene revisar antes de presentar la declaración.

1. Compruebe primero si está obligado a presentar la declaración

No todos los contribuyentes están obligados a declarar, pero incluso cuando no exista obligación puede interesar presentar la renta si el resultado es a devolver. En la campaña 2025–2026 se confirma, además, una novedad relevante: haber cobrado la prestación por desempleo ya no obliga por sí solo a presentar declaración, salvo que se superen los límites generales de renta .

2. Revise bien sus datos personales y familiares

Domicilio fiscal, estado civil, hijos, discapacidad, ascendientes a cargo o cambios de residencia pueden afectar de forma directa al resultado. Un dato mal reflejado puede hacer perder deducciones importantes.

3. Verifique si le corresponde la deducción para rentas bajas

Entre las novedades destacadas de esta campaña figura una deducción de hasta 340 euros para contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que no superen 6.500 euros en otras rentas . Conviene comprobar que se aplica correctamente si se cumplen los requisitos.

4. Revise si percibe el SMI y puede aplicar la deducción específica

Los contribuyentes que perciban el Salario Mínimo Interprofesional pueden aplicar una deducción directa de 340 euros, siempre que encajen en los límites establecidos para 2025 . Es uno de los puntos que no conviene pasar por alto.

5. Confirme que las prestaciones exentas no aparecen como rendimientos del trabajo

Las prestaciones por maternidad y paternidad, y otras rentas exentas, no deben tributar como rendimiento ordinario. Si aparecen mal ubicadas en el borrador, hay que corregirlo.

6. Compruebe todas las deducciones familiares

Si tiene derecho a deducciones por maternidad, familia numerosa, ascendientes o descendientes con discapacidad, monoparentalidad u otras situaciones familiares protegidas, debe asegurarse de que figuran correctamente. Son de las omisiones más frecuentes.

7. Revise inmuebles, referencias catastrales y rentas inmobiliarias imputadas

La información de inmuebles suele generar errores. Hay que revisar la vivienda habitual, inmuebles alquilados, segundas residencias y referencias catastrales. Además, en esta campaña se mantiene el porcentaje del 1,1 % para la imputación de rentas inmobiliarias en determinados inmuebles con valor catastral revisado con posterioridad al 1 de enero de 2012 .

8. Si tiene alquileres, compruebe que estén bien declarados

Quien tenga inmuebles arrendados debe revisar que consten bien los ingresos y también todos los gastos deducibles: comunidad, IBI, seguros, reparaciones, intereses, amortización y demás conceptos vinculados al arrendamiento.

9. Revise planes de pensiones y otras aportaciones reducibles

Las aportaciones a planes de pensiones, planes de empleo u otros instrumentos de previsión social deben aparecer correctamente. Si faltan o están mal consignadas, la base imponible puede salir más alta de lo debido.

10. No olvide la deducción por inversión en vivienda habitual si tiene derecho al régimen transitorio

Aunque la deducción general por compra de vivienda habitual desapareció hace años, sigue existiendo un régimen transitorio para quienes adquirieron antes de 2013 y cumplen los requisitos. Conviene revisar que los datos del préstamo hipotecario y las cantidades satisfechas estén bien reflejados.

11. Compruebe si puede aplicar deducción por alquiler de vivienda habitual

En determinados supuestos, especialmente en contratos antiguos y según la normativa aplicable, puede mantenerse el derecho a deducción estatal o autonómica por alquiler. Este punto suele requerir una revisión específica.

12. Revise las deducciones autonómicas

Muchas deducciones autonómicas no aparecen incorporadas automáticamente en el borrador. Gastos de guardería, alquiler, familia, cuidado de mayores, material escolar o vivienda pueden dar derecho a beneficios fiscales relevantes según la comunidad autónoma. Aquí suele estar buena parte del ahorro.

13. Compruebe inversiones, ventas y rentas del ahorro

Si en 2025 ha vendido acciones, fondos, inmuebles, criptomonedas u otros activos, conviene revisar si las ganancias y pérdidas están bien calculadas. Además, esta campaña incorpora una novedad importante: las rentas del ahorro que superen los 300.000 euros tributarán al 30 %, frente al 28 % anterior .

14. Revise las deducciones e incentivos ligados a sostenibilidad

Se mantienen incentivos fiscales que conviene comprobar si se han aplicado correctamente. Entre ellos, la prórroga de las deducciones por obras de eficiencia energética, con porcentajes del 40 % al 60 %, y la deducción del 15 % por adquisición de vehículos eléctricos, junto con los incentivos vinculados a puntos de recarga .

15. No confirme el borrador sin revisar medios de pago, ayudas exentas y simulación previa

Esta campaña incorpora la posibilidad de pagar la declaración mediante Bizum cuando el resultado sea a ingresar . Además, determinadas ayudas extraordinarias por fenómenos meteorológicos o catástrofes, como DANA o incendios, están exentas de tributación y no deben generar un coste fiscal indebido . Antes de presentar, también conviene utilizar Renta Web Open, el simulador habilitado por la Agencia Tributaria, para comprobar escenarios y anticipar el resultado de forma anónima .