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¿Tu empresa cumple con el SEPA?

single euro payments

SEPA (Single Euro Payments Area) responde a la creación de un mercado único de pagos en euros. Un sistema en el que los particulares y las empresas podrán realizar transferencias en toda Europa de forma rápida, segura y en igualdad de condiciones.

Antes del 1 de febrero las empresas de los 28 países de la UE, además de en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco, deben adaptarse al SEPA. Todas las empresas han de realizar una serie de operaciones que permitan ajustar la contabilidad y sistema de pagos de su empresa a la nueva normativa:

  1. Deberá solicitar el IBAN a todos tus clientes, proveedores o entidades con los que mantenga una relación comercial y sustituir el Código Cuenta Cliente (CCC) por éste, actualizando luego los datos y ficheros contables relativos a pagos y transacciones.
  2. También tendrá que adaptar sus documentos contables o comerciales, como facturas, a la nueva normativa, así como el pago de las nóminas de sus empleados vía transferencia bancaria. Deberá revisar y en su caso adecuar documentos comerciales tales como facturas, talones, contratos, folletos, páginas webs, etc.
  3. Deberá solicitar una autorización expresa y firmada (un mandato normalizado) tanto a nuevos clientes como para adeudos a otras empresas en los que le autoricen a realizarlos. Tiene la responsabilidad de guardar las autorizaciones de sus clientes con el fin de poder domiciliar adeudos (generar recibos domiciliados SEPA) a través de un mandato único normalizado.

ATENCIÓN: Son muchas las empresas que se han preocupado por adaptar el modelo contable pero que se han olvidado de obtener y guardar el mandato firmado. Esto puede suponer un grave problema, dado que en el caso de no cumplir con la normativa los clientes contarían con hasta trece meses de plazo para devolver las facturas, pudiendo justificar que el cobro no es adecuado al no contar con la autorización firmada.

Las empresas no le han prestado mucha atención a este trámite al pensar que sus clientes y o proveedores no están informados sobre ello y es un grave error.

De modo que ya sabes, si aún no estas adaptado al SEPA tienes de plazo hasta el próximo 1 de febrero de 2016 para adaptarte. En esta infografía te explicamos qué debes adaptar y cómo.

ADAPTACION AL SEPA

IMPORTANTE si tienes adeudos:

  • Idioma del texto del adeudo: Nativo del deudor o en inglés
  • ¿Qué deben contener los mandatos?: Referencia única, nombre y domicilio del deudor, código postal/ciudad del deudor, país de residencia del deudor, dirección: IBAN y BIC de la cuenta del deudor, nombre e identificador del acreedor, tipo de pago, fecha de firma y firma del deudor e indicar claramente que se trata de un mandato de adeudo directo SEPA; domicilio y país del acreedor.
  • ¿Qué caducidad tiene?: 36 meses sin que se haya emitido ningún cobro/pago. Tanmbien caduca cuando deja de existir la erlacion comercial que lo genera.
  • Longitud del concepto: 140 caracteres.
  • Plazos de presentación: 7 días hábiles para operaciones puntuales y 4 días hábiles para operaciones recurrentes (diarias)
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