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Tarifa Plana para Autónomos: detalles y requisitos

tarifa plana autonomo

¿Quién puede acogerse a la tarifa plana para autónomos? ¿Qué requisitos tiene que cumplir el autónomo? ¿Qué reducción te ofrece en la cuota de la SS? Estas son aún preguntas que muchos autónomos se hacen con respecto a la famosa tarifa plana. Pues bien hoy damos respuesta a esas preguntas.

La tarifa plana para autónomos entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 al ser publicada en el BOE la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. En general, el Régimen de autónomos contempla una cuota mínima (para el año 2015 de 264,44 euros mensuales) que para la mayoría de los emprendedores no es asumible por lo que esta tarifa plana supone fundamentalmente unan ayuda, una reducción de la cuota mensual de autónomos a ingresar en la Seguridad Social.

¿De qué reducción estamos hablando?


Inicialmente se aprobó sólo para menores de 30 años pero debido a la fuerte reacción entre los autónomos, el gobierno amplió su aplicación a todos los nuevos autónomos, independientemente  de su edad, medida que entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 con la publicación en el BOE de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Aunque hay diferencias la tarifa plana para unos y otros es bastante similar. Te lo dejamos en esta infografía:

tarifaplana autonomo

 

¿Qué requisitos se han de cumplir para poder solicitarla?


 

Actualmente el requisito principal es no haber estado de alta como autónomos durante los últimos cinco años. Este es el único requisito, pero en la práctica la Seguridad Social impone alguno más.

  • No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
  • No emplear trabajadores por cuenta ajena.
  • No ser autónomo colaborador (Régimen especial para familiares de los autónomos)
  • Hay un cuarto requisito importante y es que estas bonificaciones no son aplicables a aquellos autónomos que sean administradores de sociedades. En cambio hay que reflejar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar por la tarifa plana.
  • Tampoco podrás recibirla si te has beneficiado en el pasado de alguna bonificación para autónomos aunque   hayan pasado más de 5 años.
  • Los autónomos discapacitados es necesario que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%

 

La acogida a la tarifa plana para autónomos hay que solicitarla a la vez que se tramita el alta. Será la Seguridad Social la que compruebe que se cumple con todos los requisitos y, en caso afirmativo, aplique las reducciones a la cuota mínima correspondientes para cada uno según su edad. Además un requisito fundamental para mantener a lo largo del tiempo estas reducciones es pagar cada mes, ya que en caso de impago se elimina automáticamente dicha cuota.

La reducción siempre se aplica sobre la base mínima. Si un autónomo quiere cotizar por una base de 1.500 euros, la reducción se aplicará a la base mínima, mientras que el resto no tiene derecho de deducción y cotizará por el tipo nominal habitual.

Por último en el caso de los autónomos en pluriactividad, es decir que ejercen tanto el trabajo por cuenta propia como ajena, la Ley de Emprendedores introdujo unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para esos casos, aunque puede elegir entre la tarifa plana o las bonificaciones por pluriactividad.

Imagen: Freepik

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