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Contrato de alquiler

A partir del 6 de marzo de 2019 cada contrato de alquiler, firmado en España, deberá asumir los cambios introducidos por la nueva norma publicada en El Boletín Oficial del Estado (BOE)el día 5 de marzo.

El Real Decreto-ley 7/2019 entró en vigor ayer pero deberá convalidarse en el plazo máximo de 30 días por la Diputación Permanente del Congreso.

No es un decreto con carácter retroactivo si bien, tal y como recoge, si las partes lo acuerdan y mientras no resulte contrario a las previsiones legales, «los contratos preexistentes podrán adaptarse al régimen jurídico establecido en este real decreto-ley”

¿Qué cuáles son las novedades de este nuevo Decreto con respecto al contrato de alquiler? Toma nota:

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alquiler de vivienda

Aunque la mayoría de los gastos que conlleva el alquiler de vivienda son de libre pacto entre las partes firmantes existen unas pautas sobre quién deber pagar qué. Estos estándares deben respetarse y considerarse antes de la firma de cualquier contrato de alquiler de vivienda.

No firmes un contrato de alquiler sin conocer las obligaciones y derechos que se contraen Clic para tuitear

Desde Romehu Consultores nos hemos percatado que el desconocimiento en torno a los contratos de alquiler de vivienda y sus cláusulas (abusivas o no) y los gastos que deben asumir cada parte, cada día es mayor. De hecho, muchos propietarios que se plantean el alquiler de vivienda les abordan siempre las mismas dudas relacionadas con el pago de impuesto u otros gastos.

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