Nunca ha existido una normativa común que definiera e integrara el concepto de secreto comercial. Tampoco se habían establecido unas medidas concretas y homogéneas de protección.
Sin embargo, la Unión Europea, reconociendo que, al no existir un nivel de protección equivalente en toda la Unión por lo que se refiere al propio concepto de secreto comercial y a su protección jurídica, se produce una fragmentación del mercado interior en este ámbito y se debilita el efecto disuasorio global de la normativa aplicable. A raíz de este convencimiento se aprobó la Directiva(UE) 2016/943 (DOCE 15-06-2016) relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.