En las urbanizaciones donde existen instalaciones comunitarias como gimnasio, sauna, piscina, pista de pádel etc… y además se efectúan alquiler de viviendas, es muy común se plante la duda sobre quién tiene la potestad del uso de dichas instalaciones. ¿Propietario o inquilino?
Por ejemplo. Ahora en verano, con la apertura de las piscinas comunitarias, algún propietario con vivienda alquilada puede querer disfrutar del uso de la piscina a la vez que lo hacen sus inquilinos. ¿Es eso posible? ¿La comunidad puede decidir al respecto?. Para responder a esta pregunta debemos tener en cuenta:
- Las condiciones del contrato de arrendamiento.
- Las normas internas establecidas en el estatuto de la comunidad.