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Las claves de la subida del salario mínimo interprofesional

salario mínimo interprofesional

El día 23/02/2022 se publicó en el BOE el  Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022.

Este Real Decreto establece una subida de 35€ respecto al SMI de 2021 y surtirá efecto desde el 1 de enero de 2022, por lo que habría que abonar los atrasos de la nómina del mes de enero.

Las nuevas cuantías del SMI 2022 para cualquier actividad en agricultura, industria o servicios, queda fijada en 1000€ al mes o 33.33€ al día. Estas cantidades se aplican en caso de que recibas 14 pagas de tu empresa, si por el contrario, las pagas estuviesen prorrateadas, el SMI en 12 mensualidades ascendería a 1166,67€, por lo que el salario mínimo por mes tendría que ser al menos dicha cantidad. Para personas trabajadoras con jornadas a tiempo parcial, el SMI se prorrateará en función de las horas efectivas de trabajo.

La empresa podrá subir el salario mínimo interprofesional (SMI) absorbiendo el plus de antigüedad

El 26 de enero de 2022 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que avala que las empresas suban el SMI absorbiendo el plus de antigüedad.

Según el Tribunal Supremo si un trabajador cobra un salario base inferior al SMI, pero percibe un complemento de antigüedad que hace que el salario sea superior al SMI, ya estaría compensada dicha subida.

A partir de ahora, los complementos de antigüedad no se sumarán al salario, sino que ya estarán incluidos dentro del salario a percibir por el trabajo, salvo que el convenio diga lo contrario.

Compensación y absorción de complementos salariales

Al salario mínimo de 1.000 euros se le sumarán los complementos salariales establecidos en el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, que le correspondan.

Así mismo, se adicionarán los importes correspondientes a remuneraciones a prima o incentivos a la producción.

Estas percepciones se pueden compensar con los ingresos que por todos los conceptos vengan percibiendo los trabajadores en cómputo anual y jornada completa, cuando la normativa vigente, anterior al RD Ley, lo permita.

En cuanto a la revisión del salario mínimo de 2022, no corresponderá cuando el salario que reciben o su conjunto anual sean superiores a la cifra establecida como Salario Mínimo Interprofesional anual de 14.000 euros.

 Salario mínimo interprofesional y empleados de hogar

El salario mínimo en esta actividad para los trabajadores por horas en régimen externo, se fija para 2022 en 7,82 euros/hora y en el mismo se incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.

 

Teresa Ribé

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