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Pluriactividad del autónomo – Bonificaciones

pluriactividad del autonomo

Iniciar una actividad económica como autónomo y compatibilizarlo a la vez con un trabajo como asalariado, es cada vez más común. Es lo que generalmente se denomina pluriactividad.

Pluriactividad: situación laboral en la que la actividad de un trabajador por cuenta propia y/o ajena dan lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social.

Como decíamos es el caso del trabajador que compatibiliza un contrato como asalariado, (cotiza por el Régimen General) y se da de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Pues bien, si el trabajador se encuentra en esta situación debe saber que tiene derecho a determinadas bonificaciones. Pero para ello tiene que cumplir 2 requisitos concretos:

  1. Que sea la primera vez que se dé de altaen el RETA.
  2. La situación de pluriactividad se inicie con motivo de dicha alta.

 

Bonificaciones por pluriactividad


Estas bonificaciones para autónomos, incluidos autónomos societarios, se aprobaron en el marco de la Ley de Emprendedores.

Las bonificaciones por pluriactividad tratan de una reducción de las bases de cotización. En 2018, estos autónomos podrán reducir su base de cotización con respecto a la normal, durante 36 meses, de la siguiente manera:

Nuevos Autónomos contratados por cuenta ajena a jornada completa

  • Primeros 18 meses de alta: hasta el 50% de la base mínima de cotización, o lo que es lo mismo, 446,62 euros. Ello supone una cuota mensual de autónomo de 133,52 €.
  • Segundos 18 meses de alta: hasta el 75% de la base mínima, o lo que es lo mismo 669,93 euros. Una cuota mensual de 200,28 €.

Nuevos Autónomos contratados por cuenta ajena a tiempo parcial, con una jornada superior al 50%

  • Primeros 18 meses de alta: hasta el 75% de la base mínima de cotización. La base por la que podrán optar los autónomos en pluriactividad será 669,90 euros. Ello supone una cuota mensual de autónomo de 200,28 €.
  • Segundos 18 meses de alta: hasta el 85% de la base mínima, es decir, 759 euros y una cuota mensual de autónomo de 226,94 €.

¿Cuándo debo gestionar esta reducción? Las bonificaciones por pluriactividad se deben solicitar en el momento de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Es decir, en el momento de cursar el alta en el RETA.

IMPORTANTE: La aplicación de esta reducción de la base de cotización es incompatible con cualquier otra bonificación o reducción. Esto es, por ejemplo, la tarifa plana.

Devolución de exceso de cotización por pluriactividad


En los casos de pluriactividad se suele producir una doble cotización en la Seguridad Social:

  • Importe que tú cotizas pagando mensualmente tu cuota de autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • El importe mensual que la empresa que te tiene contratado paga por ti a la Seguridad Social.

Esto puede provocar un exceso de cotización si, sumando ambas cantidades, igualas o superas las bases máximas de cotización, es decir 12.739,08 euros. En este supuesto la Administración debe proceder a la devolución del 50% del exceso de las cotizaciones, con el máximo del 50% de las cuotas ingresadas hasta el día 30 de abril del año siguiente.

Actualmente la Administración procede, de forma automática, a su devolución sin que tengas que hacer nada. Antes de la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada en el Senado el 11 de octubre de 2017, tenías que solicitarlo personalmente en la oficina de la Tesoreria o a través de la sede electrónica.

Importante a tener en cuenta:

  1. El derecho a la devolución de cuotas prescribe a los cuatro años a contar desde el día siguiente a su ingreso por lo que si por algún fallo informático no has recibido el sobrante debes notificarlo a la Seguridad Social.
  2. Si mantienes deudas con la Seguridad Social o tienes concedido un aplazamiento o moratoria, el importe de la devolución se aplicará a la deuda que has contraído y que se mantiene pendiente de ingreso o de amortización.

Si continúas con alguna duda sobre las bonificaciones que otorga la pluriactividad o de cómo gestionarlas, nuestro departamento de expertos en temas laborales estará encantado de asesorarte y tramitar cualquier gestión al respecto.

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