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El finiquito VS la indemnización por despido

el finiquito

El finiquito y la indemnización son conceptos diferentes que debes tener claro si has sido despedido. Normalmente el trabajador confunde o relaciona estos dos conceptos a la hora de calcular cuánto dinero recibirá en el momento de ser despedido, pero tanto su significado así como su efecto fiscal es distinto. Te detallamos cada concepto para que puedas calcular debidamente el importe a recibir.

El finiquito

El finiquito es un documento en el que aparece indicado la cantidad que la empresa debe abonar al trabajador en el momento de la finalización de la relación laboral. También puede darse el caso de que la empresa dé el finiquito a un trabajador si este va a iniciar una excedencia. Para liquidar cantidades antes de su partida.

El finiquito se debe pagar con independencia de la forma en la que el trabajador deje la empresa (baja voluntaria, despido, finalización de contrato temporal…).

Aunque el finiquito es un documento obligatorio, no existe un formato oficial. Hay empresas que utilizan un formato parecido al de las nóminas y otras un documento redactado directamente por ellas, siendo ambos válidos, sin cumplen con los requisitos.

El finiquito debe ser una suma del resultado de las siguientes cantidades:

  • Salario de los díastrabajados durante el mes que finaliza la relación laboral. El trabajador debe cobrar los días trabajados desde la última nomina hasta la fecha de liquidación.
  • La parte proporcional de las pagas extra que se han realizado y no han sido pagadas.
  • Los días de vacacionesno disfrutadas. Días a los que se tiene derecho y no han sido disfrutados
  • Pluses y pagas de beneficiosque se hayan generado y no se hayan pagado.
  • La indemnización: en el caso de que sea un despido que implique el pago de una indemnización. Puede venir reflejada aquí o en la propia carta de despido.

Esta indemnización, está exenta de cotizar y tributar, al contrario que el resto de conceptos de finiquito. Estas cantidades tienen que aparecer en bruto y luego hacerse las correspondientes retenciones y cotizaciones, ya que son parte del salario al que se tiene derecho.

NOTA: En el caso de que el trabajador presente una baja voluntaria y no lo haya comunicado con el preaviso necesario o estipulado en el Convenio, la empresa puede descontar esos días de preaviso al finiquito. Hay Convenios Colectivos que establecen penalizaciones superiores, facultando a la empresa a descontar 2 días por cada día de preaviso que falte.

 

¿Cuándo entregar el finiquito?

Normalmente se entrega a la misma vez que la empresa notifica al trabajador la expiración de su contrato. Sin embargo, algunas empresas dan el finiquito el último día de trabajo, una vez ajustadas las cantidades. En el caso de que el trabajador presente una baja voluntaria el finiquito se da el último día de trabajo.

 

La firma del finiquito

La firma del finiquito, si no se hace constar la disconformidad, implica generalmente la aceptación de la liquidación propuesta por la empresa y la aceptación de la finalización de la relación laboral.

Aunque, existe jurisprudencia que estima que la firma del finiquito no significa que la empresa queda liberada de las obligaciones que tenía con el trabajador, debiendo pagar las cantidades que deba, y pudiendo en su caso impugnar el trabajador el despido, es recomendable que tengas en cuenta antes de firmar:

  • La fecha. Revisa que se ponga la fecha de la firma correctamente.
  • “No conforme”, “pendiente de revisión”, “pendiente de comprobar cantidades”. Estas frases afirman tu postura disconforme ante las cantidades propuestas y en el caso de tener que reclamar a la empresa, será más fácil si se ha firmado así.
  • “Cantidades no recibidas”. Ponerlo sino se entrega en ese momento el dinero o un justificante del pago. Si se firma simplemente, implicará generalmente que se ha recibido ese dinero.

La firma del finiquito, sin incluir coletillas como las mencionadas anteriormente, no implica la imposibilidad de reclamar el finiquito, pero si puede complicarlo. En el caso de que el empresario haga un finiquito falso, o lo falsifique, existe la posibilidad de denunciarlo e iniciar un procedimiento penal.

 

La indemnización por despido

La mayor diferencia entre el finiquito y la indemnización por despido es que este último no siempre se cobra. Tan solo se cobra en el caso de que la conclusión del contrato laboral se efectúe a petición de la empresa y no a petición del trabajador.

Hay muchos tipos de indemnizaciones por despido y cada una de ellas da derecho a una indemnización diferente, pero las indemnizaciones por despido dependen fundamentalmente de tres factores:

  • El salario del trabajador. En concreto, la cantidad total de lo que se cobra (salario bruto anual)
  • Su antigüedad en la empresa. A la hora de contar los meses de antigüedad del trabajador para la indemnización si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiese trabajado todo el mes completo.
  • Tipo de despido que se le haya hecho, ya que actualmente, solo tienen indemnización: el despido objetivo, el despido colectivo, y el despido improcedente. Si un despido es procedente, no hay derecho a la indemnización, aunque si al finiquito.
    • Despido por causas objetivas: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
    • Despido colectivo (ERE): que se indemnizará con un mínimo de 20 días de salario por año con el tope de 12 mensualidades.
    • Despido improcedente: 33 días o 45 para aquellos contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012, con un tope de 24 mensualidades.

A este respecto, hace poco cincodias publicaba “La justicia europea acaba de dar un tirón de orejas a España porque considera que discrimina a los trabajadores temporales frente a los fijos. El lunes se conoció una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en que el que pide a los tribunales españoles y, por ende a sus legisladores, que equiparen las indemnizaciones por despido de los asalariados eventuales –interinos en el caso concreto del citado fallo judicial– y los que tienen un contrato indefinido.

Esta sentencia ha abierto caja de los truenos entre los distintos agentes del mercado laboral y el propio Gobierno. Los sindicatos preparan una batería de demandas para reclamar mayores indemnizaciones para los temporales que acaben sus contratos o los hayan terminado en el último año;al tiempo que la mayoría de los expertos laboralistas creen que el próximo Gobierno debería adecuar la legislación a los dicho por Bruselas.”

No sabemos qué pasará en un futuro pero de momento esta es las particularidades de las actuales indemnizaciones por despido en la ley española.indemnizaciones por despido en España

Imagen: Freepik

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