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Son muchos los gastos que sufren los emprendedores al iniciar su actividad como autónomos, de modo que cualquier AHORRO es fundamental para ellos.
LA TARIFA PLANA A LA COTIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL permitirá a los nuevos autónomos pagar poco más de 50 euros durante los seis primeros meses.
Ayer 7 de Abril comenzó la CAMPAÑA DE RENTA 2014 a través de servicios telemáticos.
Una de las cuestiones que la reciente modificación de la normativa para la defensa de Consumidores y Usuarios llevada a cabo por Ley 3/2014, de 27 de marzo, regula de forma más detallada, son los servicios de atención al cliente. Donde antes se limitaba a regular la necesidad de que hubiera constancia de la reclamación y estableciendo que esta debía ser una atención personal, y no a través de medios automatizados, se produce ahora una regulación más prolija.
La modificación del artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores que amplía el derecho a la reducción de jornada laboral por guarda de un menor, de los 8 años hasta los 12 años, supone un gran avance para la conciliación de la vida laboral y familiar puesto que permite compatibilizar durante más tiempo las obligaciones personales y laborales.
La posibilidad de reducción de jornada es un derecho irrenunciable del trabajador, que no todo el mundo conoce. Este derecho no podrá ser limitado por convenio ni por imposiciones de la empresa. Leer más
- MARCA
Signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores, pueden ser Marcas; las palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, letras, cifras, formas tridimensionales (envoltorios, envases, formas del producto o su representación) Leer más
Con la aprobación de la reciente Ley de apoyo al emprendedor, que se publicó en el BOE el pasado día 28 de septiembre y entró en vigor al día siguiente, aparece esta nueva figura jurídica con la que se pretende que la persona que decida iniciar una actividad empresarial por sí sola, como autónomo, cuente con un medio adecuado para ello, evitando en cierta medida uno de los riesgos que padece todo empresario individual: responsabilidad patrimonial universal del artículo 1911 del Código Civil.
La opinión popular sobre este tema parece estar bastante clara. El becario es «mano de obra barata» cuyo puesto de trabajo conlleva precarias condiciones laborales que solo beneficia al empresario. Ser becario se ha extendido como una situación laboral negativa. Pero nuestro despacho no está del todo de acuerdo.
Quizás la condición económica que pesa sobre el período de beca que se le otorga a alguien, es lo que hace que se piense en este tipo de contratación como algo óptimo sólo para el empresario, sin embargo, desde nuestra experiencia podemos constatar que un puesto de becario no es ventajoso únicamente bajo el prisma empresarial.