En las urbanizaciones donde existen instalaciones comunitarias como gimnasio, sauna, piscina, pista de pádel etc… y además se efectúan alquiler de viviendas, es muy común se plante la duda sobre quién tiene la potestad del uso de dichas instalaciones. ¿Propietario o inquilino?
Por ejemplo. Ahora en verano, con la apertura de las piscinas comunitarias, algún propietario con vivienda alquilada puede querer disfrutar del uso de la piscina a la vez que lo hacen sus inquilinos. ¿Es eso posible? ¿La comunidad puede decidir al respecto?. Para responder a esta pregunta debemos tener en cuenta:
Las condiciones del contrato de arrendamiento.
Las normas internas establecidas en el estatuto de la comunidad.
https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2018/08/uso-instalaciones-propietario-o-inquilino.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2018-08-07 08:25:112018-08-07 08:25:11En un inmueble alquilado, ¿Quién puede hacer uso de las instalaciones comunes? ¿Propietario o inquilino?
La Inspección Técnica de Edificios es una inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos los edificios de más de 50 años (en algunos ayuntamientos es a los 30 años). El objetivo de esta inspección es garantizar la seguridad del mismo.
La comunidad de vecinos, tiene el deber legal de realizar los trabajos y obras necesarios para la conservación o rehabilitación del edificio donde viven, para que se mantenga en condiciones de habitabilidad. Y esta inspección es una forma de acreditarlo.
Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, en CAPÍTULO IV. MEDIDAS PARA EL FOMENTO DE LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN, dice: Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2018/06/Obligacin-y-claves-sobre-la-Inspeccin-tcnica-de-Edificios-ITE.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2018-06-26 13:26:262018-06-26 16:42:30Obligación y claves sobre la Inspección técnica de Edificios (ITE)
Dentro del Orden del Día, en toda convocatoria ordinaria, se encuentra la renovación del cargo de presidente en una comunidad de vecinos.
En ocasiones nos encontramos con vecinos muy implicados, que muestran interés en lo referente a la gestión y asistencia de la comunidad. Sin embargo, el cargo de presidente conlleva una responsabilidad y enredo que no todo el mundo está dispuesto a asumir.
El presidente en una comunidad de vecinos, tiene legalmente la representación de la comunidad. Es decir, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten. Y además debe estar al tanto de todas las incidencias y necesidades de la comunidad. Son estos los motivos por los que posiblemente muchos vecinos prefieren no asumir este cargo. Y es quizás por lo mismo, que el cargo de presidente de una comunidad de vecinos es totalmente obligatorio.
Su base legal la encontramos en el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. En ella se específica que si has salido elegido presidente no puedes negarte a ello. Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2018/06/presidente-en-una-comunidad-de-vecinos.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2018-06-14 08:22:182018-06-14 08:22:18¿Puedo negarme a ser presidente en una comunidad de vecinos?
En las ciudades declaradas como zonas turísticas es más habitual encontrar controversia, dentro de las comunidades de propietarios, acerca de la aprobación o prohibición del alquiler vacacional en el propio edificio. La lucha por proteger la residencia principal de muchos con el deseo de inversión de otros, hace plantearse la siguiente pregunta ¿Es posible prohibir el alquiler vacacional desde la comunidad de propietarios?
La regulación para responder a esta pregunta lo encontramos en la ley de propiedad horizontal (LPH) así como en la normativa turística existente en cada comunidad autónoma.
https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2018/05/alquiler-vacacional.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2018-05-18 08:19:082018-05-18 08:19:08Regulación alquiler vacacional dentro de una comunidad de propietarios
¿Dónde alcanza el derecho de información de un vecino en una comunidad de propietarios? El Art. 20, apartado e) de la Ley de Propiedad Horizontal dice que el administrador “deberá custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad”.
De dicho artículo podríamos deducir que cualquier vecino puede solicitar la documentación o información que desee al administrador, incluso contable, referente a la comunidad en el momento que estime oportuno y que esté está obligado a facilitársela.
No obstante, no es del todo correcta esta deducción. Según la doctrina, no existe un derecho abstracto de información a favor de los propietarios, sino en función de finalidades concretas. Es por ello que la mención del art. 20.1 e) L.P.H., ha de concordarse con las específicas y legítimas actuaciones de los comuneros que demanden concreta consulta o copia de determinada documentación para el ejercicio, por ejemplo, del derecho de voto o la impugnación de acuerdos de las Juntas de Propietarios. Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/11/comunidad-vecinos.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2018-03-27 08:14:382018-03-27 08:31:28Limites del derecho de información del propietario en una comunidad de vecinos
El uso y disfrute de las zonas comunes es uno de los principales problemas de convivencia que existen entre propietarios.
A veces el abuso o ausencia de civismo por parte de algunos vecinos originan conflictos y descontento entre propietarios. Pero en ocasiones la ignorancia de las normas en zonas comunes y de la legislación vigente complica aún más las cosas.
Por ello en este artículo, pretendemos ayudar a aquellos que tienen ciertas dudas sobre las normas de uso y disfrute de las zonas e instalaciones comunes de una comunidad.
El artículo 394 del Código Civil afirma que “Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho”Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2017/10/zona-comunes.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2017-10-17 09:22:542017-10-17 09:22:54Zonas comunes de tu comunidad. Conoce sus normas de uso y disfrute
Si eres propietario de una vivienda en comunidad y la tienes alquilada vigila los actos de tu arrendatario. Si tu inquilino causará perjuicios, daños o comportamientos molestos para el resto de vecinos tú podrías ser en última instancia el responsable de sus actos.
En primer lugar, si el inquilino causa molestias, la comunidad de propietarios debe:
Requerir al inquilino la cesación de la actividad molesta de manera extrajudicial mediante burofax. El requerimiento debe realizarse por el Presidente de la Comunidad a iniciativa propia o previa petición de cualquiera de los propietarios o vecinos. Para ello, La Ley de Propiedad Horizontal no exige previa celebración de Junta ni acuerdo.
Comunicar las quejas al propietario para que tome medidas. Este a su vez deberá comunicárselo al inquilino pudiendo incluso si fuese necesario resolver el contrato de arrendamiento.
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La gestión diaria de una Comunidad de Propietarios, genera un volumen considerable de papeles: Facturas, cartas, presupuestos, convocatorias a Junta, contratos con proveedores, partes de trabajo, etc…
El tiempo va pasando y los documentos van creciendo. Por ello es conveniente revisarlos y destruir, si lo vemos conveniente aquellos que no sean de utilidad. Pero ATENCIÓN. Hay documentos relativos a la gestión de la comunidad de propietarios que la comunidad o el administrador de la misma, debe conservar durante un periodo de tiempo establecido por Ley.
La duración de conservación de la documentación de la Comunidad de Propietarios dependerá del tipo de documento, esto es: Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/09/archivo-comunidad.jpg276992Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2015-09-03 12:24:552015-09-03 12:31:11¿Cuántos años hay que conservar la documentación de comunidad de propietarios?
Un inquilino, en principio, no tiene derecho a asistir a las juntas.
La Junta de Propietarios reúne a todos los propietarios de la comunidad, al menos una vez al año, para tomar decisiones acerca de la misma comunidad y el derecho de asistencia y voto lo tiene únicamente el propietario, siempre que haya realizado todos los pagos de los gastos de comunidad. Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/08/junta-propietarios.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2015-08-06 13:08:492015-08-06 13:08:49¿Tiene un inquilino derecho a asistir a las juntas?
Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes:
La Junta de propietarios.
El presidente y, en su caso, los vicepresidentes.
El secretario.
El administrador.
En los estatutos, o por acuerdo mayoritario de la Junta de propietarios, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que ello pueda suponer menoscabo alguno de las funciones y responsabilidades frente a terceros que esta Ley atribuye a los anteriores. Leer más
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https://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/06/comunidad.jpg300780Romehuhttps://romehuconsultores.com/wp-content/uploads/2015/05/Logo.pngRomehu2015-06-22 13:13:332015-08-03 13:25:07¿Se puede convocar Junta de vecinos sin el administrador?
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