Sanción por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones, sin perjuicio económico a la Hacienda Pública. 

  • La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 200 euros. O 400 euros en el caso de declaraciones censales.
  • Si se trata de declaraciones informativas, la sanción será de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
  • La mitad si se presentan sin requerimiento de la Administración Tributaria.
  • No comunicar el domicilio o cambio de domicilio de personas físicas que no realicen actividades económicas: 100 euros.

(VOLVER art. principal)

Sanciones por no informar de bienes en el extranjero 

 

Constituyen infracciones tributarias no presentar en plazo, por medios no electrónicos y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas de bienes en el extranjero. Leer más

Infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.

 

A.     La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 150 euros salvo que sea de aplicación lo dispuesto en los apartados siguientes de este artículo.

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Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación. 

 

Esta infracción no tiene lugar cuando el obligado regularice su situación tributaria sin requerimiento previo (artículo 27 de la LGT) o presente la autoliquidación en plazo voluntario pero sin ingreso, pues en este último caso se inicia el periodo ejecutivo.

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Sanciones por presentar declaraciones o autoliquidaciones incorrectas. 

  • Si se presentan autoliquidaciones o declaraciones incompletas, inexactas o con datos falsos, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 150 euros.
  • Si se presentan por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos cuando exista obligación de hacerlo por dichos medios, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 1.500 euros. Leer más
AEAT

AgenciaTributariaILa AEAT tiene una serie de presentaciones y plazos que todo contribuyente debe cumplir. El conocer cada fecha o procedimiento es importante para no tener problemas con Hacienda, sin embargo, a veces se producen errores o despistes.

 

En nuestra asesoría nos llegan a medido consultas sobre cuales son los plazos, sanciones y recargos por presentaciones fuera de plazo o incorrectas en la AEAT, por ello hemos decidido ofrecer en este post un listado de las más habituales Leer más

Bienvenido a nuestro blog, un espacio dónde Romehu Consultores y Asociados pretende tratar temas relacionados con la empresa y el empresario.

En el blog hablaremos de economía, innovación, ayudas, soportes, aspectos laborales, fiscales y contables… siempre actualizados de forma puntual pensando en darle al lector información de utilidad para su negocio.

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