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AYUDAS A PYMES, MICROPYMES, AUTONOMOS Y PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE ALICANTE CON DESTINO A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA CRISIS ENERGÉTICA

AYUDAAYUDAS A PYMES, MICROPYMES, AUTONOMOS Y PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE ALICANTE CON DESTINA A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA CRISIS ENERGÉTICA. 2022
ORGANISMO AYUNTAMIENTO DE ALICANTE
OBJETOAyudar a pymes, micropymes, autónomos y otros colectivos sujetos a mutualidades de la ciudad de Alicante con destinado a minimizar el impacto económico que la crisis energética está suponiendo sobre todos los sectores económicos.

 

BENEFICIARIOSPersonas físicas o jurídicas que tengan domicilio fiscal en el término municipal de Alicante y haber iniciado su actividad económica a fecha igual o anterior al 1 de junio de 2022 y mantener dicha actividad económica de alta en el momento de la concesión.

 

Quedan excluidas: comunidades de bienes, sector público, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro o agrupaciones de personas físicas o jurídicas públicas o privadas sin personalidad jurídica. Si podrán ser beneficiarias los socios autónomos comuneros de las comunidades de bienes de forma individual.

 

CUANTÍA·         Serán subvencionables hasta el 50% los conceptos de gasto corriente de luz, gas o carburantes. El IVA no será objeto de subvención. La ayuda máxima será de 3000 euros.

 

COSTES SUBVENCIONABLES·         Energía eléctrica y gas: periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y 30 de junio de 2022

·         Carburantes: periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 30 de junio de 2022

 

REQUISITOS GENERALES·         Haber iniciado actividad económica con fecha igual o anterior al 1 de junio de 2022 mantener dicha actividad económica de alta en el momento de la concesión.

·         Domicilio fiscal en Alicante

·         Haber tenido gastos corrientes y que estén abonados.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR·         Anexo I acreditación representación otorgado

·         Certificado de titularidad cuenta bancaria

·         Certificado censal

·         Vida laboral ccc

·         Anexo II declaración responsable

·         Anexo III declaración ayudas minimis

·         Cuenta justificativa autorellenable

·         Justificantes de pago

·         Facturas luz, gas o carburantes

·

OBLIGACIONES·         Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o frente a seguridad social

·         No estar incurso en ninguno de los motivos o circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003

 

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓNHasta l 11 de octubre de 2022

 

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