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¿El autónomo tiene derecho a cobrar el paro?

como solicitar el paro si soy autonomo

Cuando un autónomo decide cerrar su empresa  tiene derecho a percibir una prestación por desempleo, siempre que se encuentre acogido a la protección por cese de actividad.  El tipo de cotización que se aplica en 2017 es del 2,20% en concepto de protección por cese de actividad, aplicándose sobre la base de cotización del RETA que haya elegido el trabajador.

Por ley se establece que los trabajadores autónomos acogidos a la protección por cese de actividad tendrán una reducción de 0,5 puntos en la cotización de la cobertura de incapacidad temporal por contingencias comunes, de modo que con la reducción, la cuota resultante de la prestación por incapacidad temporal pasa del 29,80% al 29,30%.

Si estas acogido a esta protección podrás solicitar la prestación siempre que cumplas los requisitos detallados a continuación:

Requisitos del autónomo para poder cobrar el paro


  • Estar afiliado y en situación de alta en Seguridad Social.
  • Estar al corriente del pago de todas las cuotas de la Seguridad Social. Si no se cumple estos requisitos se tiene un plazo de 30 días para ponerse al corriente.
  • Haber cotizado, como mínimo, los 12 meses inmediatos al cierre del negocio.
  • Para poder pedir la prestación por cese de actividad el autónomo debe encontrarse en situación legal de cese de actividad. Importante también que los motivos para el cese de la actividad sean justificados.
  • Subscribir el compromiso de actividad para el mantenimiento de la prestación. Es decir, el autónomo debe participar en formaciones que el Estado organice y tener una actitud activa buscando oportunidades laborales.
  • Cuando el trabajador autónomo tenga a uno o más trabajadores a su cargo (trabajadores autónomos económicamente dependientes)  será requisito previo al cese de actividad el cumplimiento de las garantías, obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral y si se ha desarrollado la actividad en un país miembro de la Unión Europea se tendrá que aportar el Documento U-1 que justifique los periodos de cotización.
  • No tener ninguna incompatibilidad de as previstas en el art. 342 del TRLGSS.
  • No haber llegado a la edad de jubilación.

En caso de cumplir estos requisitos el trabajador autónomo podrá solicitar la prestación a su Mutua. Cada Mutua tiene un formulario específico por lo que deberá consultar con su MUTUA.

Para acceder a la prestación, los autónomos tendrán que:

  • Rellenar este impreso de solicitud en modelo oficial
  • Entregar copia de su identificación (DNI)
  • El Libro de Familia
  • La documentación acreditativa de rentas de los hijos a cargo.

(NOTA) En caso de separación o divorcio, se deberá también aportar la sentencia o el convenio regulador.

Dispone de un mes a partir del día en el que cese la actividad para poder solicitar la prestación y presentar toda la documentación.

Cuantía de la prestación


La cuantía que percibirá el autónomo corresponde al 70% de la base reguladora  que se calculará en función de las bases por las que haya cotizado en los últimos 12 meses.

Se establece un límite máximo del 175% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM) excepto para los autónomos con 1 o más hijos a su cargo, en cuyo caso el porcentaje se eleva al 200% y 225% respectivamente.

*Ejemplo: sobre la base mínima de 893,10 euros mensuales, se cobraría un mínimo de unos 625,17 euros.

NOTA: Si tienes hijos la cuantía mínima será:

  • del 80% del IPREM si no se tienen hijos
  • del 107% del IPREM si se tienen hijos a cargo.

Periodo de la prestación


El periodo máximo que un autónomo podrá recibir el paro se calcula en función de la edad y los meses que haya cotizado justo antes de cesar la actividad.

No obstante siempre tendrá una duración máxima de 1 año

duracion de la prestacion por cese actividad autonomo

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