Las horas complementarias son una herramienta regulada en la legislación laboral, que permite a los trabajadores con contratos a tiempo parcial realizar un número adicional de horas de trabajo más allá de las estipuladas en su contrato, sin alterar la naturaleza del mismo. La regulación de estas horas está recogida en el Art. 12 del Estatuto de los Trabajadores.
La realización de horas complementarias está permitida en todos los contratos a tiempo parcial, a excepción de aquellos con duración inferior a 10 horas semanales y debe haber un pacto escrito entre la empresa y el trabajador. La normativa establece que no pueden superarse ciertos límites: el máximo de horas complementarias no puede exceder el 30% de las horas ordinarias contratadas, aunque por convenio colectivo este límite puede ampliarse hasta el 60%.
Además, a no ser que el convenio colectivo indique lo contrario, la empresa debe avisar al trabajador con tres días de antelación de la realización de horas complementarias.
Tipos de horas complementarias
En la legislación española, se distinguen dos tipos de horas complementarias:
Horas complementarias pactadas: Se establecen mediante acuerdo escrito entre las partes, en el que se fija el número máximo de horas complementarias que el trabajador podría realizar. Este acuerdo debe ser formalizado previamente a la realización de estas horas, y no podrá exigir al trabajador la realización de más horas que las acordadas.
Horas complementarias voluntarias: Este tipo de horas no requieren un pacto previo. Sin embargo, su realización es voluntaria para el trabajador, quien puede decidir si las acepta o no, sin que la empresa pueda imponer ninguna sanción en caso de que el empleado decida no realizarlas.
¿Cómo cotizan las horas complementarias?
Estas horas cotizan igual que una hora ordinaria, es decir, no son retribuidas por más o menos del corte de una hora normal. Al igual que las horas extraordinarias, aparecen en la nómina en el apartado de los devengos.
La hora complementaria se computa a efectos de bases de cotización a la seguridad social, bases reguladoras de las prestaciones y periodos de carencia, aunque las horas complementarias no se encuentran en el coeficiente de parcialidad de jornada.
Registro de las horas complementarias
La empresa tiene la obligación de llevar un registro diario de la jornada de trabajo de los empleados. Este registro debe incluir tanto las horas ordinarias como las horas complementarias realizadas por el trabajador. La finalidad principal es garantizar que el trabajador no realiza más horas de las estipuladas en su contrato ni más horas complementarias de las que han sido acordadas.
El primer registro de las horas complementarias se realiza en el contrato inicial, en un anexo donde se detallan la cantidad y distribución de las horas complementarias para que el trabajador acepte o no realizarlas
La empresa debe conservar los registros de la jornada laboral durante un período de al menos cuatro años ya que la Inspección de Trabajo puede solicitar estos registros para verificar si la empresa está cumpliendo con la normativa sobre contratos a tiempo parcial y horas complementarias.
El incumplimiento de esta obligación de registro puede suponer graves sanciones para la empresa, especialmente si se detecta que los trabajadores a tiempo parcial han realizado horas adicionales que no han sido registradas adecuadamente.
Ventajas e inconvenientes de la realización de horas complementarias
Ventajas para el trabajador
Flexibilidad laboral: Las horas complementarias permiten a los trabajadores con contratos a tiempo parcial obtener una mayor flexibilidad en su jornada, ajustándose a las necesidades del momento.
Incremento de los ingresos: Al realizar horas complementarias, el trabajador puede aumentar su salario mensual.
Mejora de la cotización: Debido a que las horas complementarias cotizan igual que las ordinarias, lo que permite a los trabajadores mejorar su base de cotización y aumentar sus futuras prestaciones.
Ventajas para la empresa
Adaptabilidad: La empresa puede ajustar la carga de trabajo de acuerdo con las necesidades de producción, sin la necesidad de contratar más personal o modificar los contratos existentes.
Control de costes: El uso de horas complementarias resulta más económico para el empresario, en comparación con la contratación de trabajadores temporales o el pago de horas extraordinarias.
Inconvenientes para el trabajador
Incertidumbre y disponibilidad: Aunque las horas complementarias pueden generar ingresos adicionales, el trabajador a veces se ve en la obligación de estar disponible de manera impredecible, lo que puede generar incertidumbre y dificultades para conciliar la vida personal y laboral.
Posible presión: A pesar de que son voluntarias en ciertos casos, los trabajadores pueden sentir presión para aceptar la realización de horas complementarias, especialmente en situaciones de dependencia económica o falta de estabilidad laboral.
Inconvenientes para la empresa
Formalidades legales: El cumplimiento estricto de los requisitos legales para pactar horas complementarias puede ser un proceso burocrático para el empresario, especialmente en pequeñas y medianas empresas.
Limitaciones en su uso: Los límites en el número de horas complementarias y la necesidad de respetar los plazos de preaviso pueden dificultar su aplicación en situaciones de urgencia o fluctuaciones repentinas en la carga de trabajo.
En conclusión, las horas complementarias representan un mecanismo eficaz para ofrecer flexibilidad en los contratos a tiempo parcial, adaptándose tanto a las necesidades de los trabajadores como de los empleadores. Sin embargo, su correcta implementación requiere un equilibrio entre la flexibilidad y la protección de los derechos laborales, garantizando que su uso no implique una sobrecarga para el trabajador o una forma encubierta de ampliar la jornada laboral.