Subvenciones y ayudas

AYUDAS FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA 2025 (SEF)

Ayudas fomento de la contratación indefinida

El Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia ha convocado las ayudas para fomentar la contratación indefinida para este año 2025

Son ayudas dirigidas a distintos colectivos desempleados y que tienen por objeto fomentar la contratación indefinida en la Región de Murcia.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios empresas y autónomos cuyo centro de trabajo se encuentre en la Región de Murcia. También las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Para este año 2025 se ofrecen distintas líneas de incentivos a las que tendrán acceso los siguientes colectivos: 

Línea 1:  Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.

  • Personas desempleadas de larga duración
  • Personas desempleadas e inscritas que están desarrollando prácticas no laborales.
  • Personas desempleadas e inscritas victimas de trata de seres humanos, terrorismo, beneficiarios de renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital o situación de exclusión social.
  • Mujeres desempleadas e inscritas que tengan reconocida la condición de víctimas de violencia de género o mujeres en contexto de prostitución.
  • Mujeres desempleadas con hijos menores de 4 años.

Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años

  • Jóvenes desempleados.
  • Jóvenes titulados (universitarios o Ciclos Formativos de Grado Superior).

Línea 4: Conversión de contratos formativos en indefinidos

  • Personas con contratos  formativos que sean convertidos en indefinidos. 

Línea 5: Contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes 

  • Personas desempleadas que sean contratadas en centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 10.000 habitantes.

Línea 7: Programa de apoyo al “retorno talento”

  • Personas desempleadas que retornen del extranjero para ser contratadas. 

Línea 8: Programa de inserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”

  • Militares de Tropa y Marinería desempleados que hayan finalizado el compromiso de larga duración al cumplir los 45 años de edad.

¿Qué requisitos exigen estas ayudas?

  •  Realizar la actividad en un centro de trabajo de la Región de Murcia.
  • Hallarse al corriente las obligaciones tributarias y de Seguridad social
  • No encontrarse en ningún supuesto de los establecidos en el art. 13 de la ley de subvenciones.
  • Asumir el compromiso de código de conducta en materia de subvenciones de la Región de Murcia.
  • No encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión establecidos en el art. 5 de las bases reguladoras de esta ayuda.
  • Realizar una contratación indefinida a tiempo completo o parcial (mínimo del 50% de la jornada establecida a tiempo completo

¿Qué tipo de exclusiones se establecen?

  • Contrataciones o conversiones realizadas con personas que hubieran prestado servicios en la misma empresa, vinculadas o grupo de empresas, en los 12 meses anteriores de la contratación mediante contrato indefinido.
  • Contrataciones que afecten a familiares hasta 2 grado de consanguinidad o afinidad.
  • Empresas que en los 12 meses anteriores a la contratación hayan extinguido contratos por despido declarado improcedente.
  • Contrataciones fijo-discontinuas, de puesta a disposición, relaciones especiales

¿Qué cuantías económicas se otorgan?

Las cuantías dependerán de la línea, la jornada laboral y el colectivo escogido. Oscilarán entre los 2.000 euros y los 9.350 euros.

Y se verán incrementadas en caso de contratar a mujeres.

¿Qué obligaciones deben cumplirse? 

  • Mantener del puesto de trabajo durante el periodo de 2 años (730 días) desde el alta del trabajador o conversión del contrato de trabajo.
  • Proceder a la sustitución del trabajador en caso de producirse la extinción del contrato. Sólo será posible una única sustitución. (Plazo sustitución 2 meses).
  • Cumplir con la contabilidad y publicidad de la ayuda establecida en las bases reguladoras.
  • Custodia de documentación y sometimiento a los órganos de control.
  • Comunicar el cese o suspensión de la relación laboral.

Plazo de solicitud

El plazo de solicitud será el 30 de septiembre de 2025 o agotamiento del presupuesto.

El plazo individualizado de la presentación de las solicitudes será de 1 mes, a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora contratada o de la conversión del contrato formativo.

En el supuesto de contrataciones o conversiones realizadas entre el 16 de octubre de 2024 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será hasta el 21 de abril de 2025.  

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