Subvenciones y ayudas

AYUDAS FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA 2024 (SEF)

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El Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia ha convocado las ayudas para fomentar la contratación indefinida para este año 2024.

Son ayudas dirigidas a distintos colectivos desempleados y que tienen por objeto fomentar la contratación indefinida en la Región de Murcia.

¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?

Podrán ser beneficiarios empresas y autónomos cuyo centro de trabajo se encuentre en la Región de Murcia.

También podrán beneficiarse: las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

¿QUÉ SE SUBVENCIONA?

Serán subvencionables:

  • Las contrataciones indefinidas a tiempo completo o parcial (mínimo 50% jornada) de personas desempleadas.
  • Las conversiones de contratos formativos en indefinidos realizadas a tiempo completo o parcial (mínimo 50% jornada)

REQUISITOS GENERALES PARA RECIBIR LA SUBVENCIÓN

  • Centro de trabajo en la Región de Murcia.
  • Hallarse al corriente las obligaciones tributarias y de Seguridad social.
  • No encontrarse en ningún supuesto de los establecidos en el art. 13 de la ley de subvenciones.
  • Asumir el compromiso de código de conducta en materia de subvenciones de la Región de Murcia.
  • No encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión establecidos en el art. 5 de las bases reguladoras de esta ayuda.

EXCLUSIONES

  • Contrataciones o conversiones realizadas con personas que hubieran prestado servicios en la misma empresa, vinculadas o grupo de empresas, en los 12 meses anteriores de la contratación mediante contrato indefinido.
  • Contrataciones que afecten a familiares hasta 2 grado de consanguinidad o afinidad.
  • Empresas que en los 12 meses anteriores a la contratación hayan extinguido contratos por despido declarado improcedente.
  • Contrataciones fijo-discontinuas, de puesta a disposición, relaciones especiales.

LÍNEAS DE AYUDAS Y CUANTÍAS

Existen distintas líneas de ayudas y sus cuantías dependerán del colectivo y el tipo de jornada.

Línea 1: contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención

  • Personas desempleadas de larga duración: entre los 6.000 y 8.000 euros a tiempo completa.
  • Personas desempleadas e inscritas que están desarrollando prácticas no laborales: hasta 5.500 a tiempo completa
  • Personas desempleadas e inscritas victimas de trata de seres humanos, terrorismo, beneficiarios de renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital o situación de exclusión social: hasta 8.500 euros a tiempo completa.
  • Mujeres desempleadas e inscritas que tengan reconocida la condición de víctimas de violencia de género o mujeres en contexto de prostitución: hasta 9350 euros a tiempo completa.
  • Mujeres desempleadas con hijos menores de 4 años: hasta 9.350 a tiempo completo.

Línea 2: contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años

  • Jóvenes desempleados: 5.000 euros a tiempo completo.
  • Jóvenes titulados: 5.500 euros a tiempo completo.

Línea 4: conversión de contratos formativos en indefinidos

  • Conversión de contratos formativos: 5.000 euros a tiempo completo

Línea 5: contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes

  • Incentivo de 4.000 euros a tiempo completo

Línea 6: Programa de apoyo al “retorno talento”

  • Contrataciones de retorno de talento hasta 5.500 y 6.000 euros a tiempo completo para personas mayores de 45 años.

Línea 7: Programa de inserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”

  • Contrataciones: 4.000 euros a tiempo completo.

Si la persona contratada es mujer, los importes se incrementarán un 10%. Además, las cuantías se incrementarán en 2.000 euros si la contratación indefinida se realiza por un autónomo o cooperativas que contraten a su primer empleado a jornada completa.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Mantenimiento del puesto de trabajo durante el periodo de 2 años desde el alta del trabajador o conversión del contrato de trabajo.
  • Proceder a la sustitución del trabajador en caso de producirse la extinción del contrato. Sólo será posible una única sustitución. (Plazo sustitución 2 meses).
  • Cumplir con la contabilidad y publicidad de la ayuda establecida en las bases reguladoras.
  • Custodia de documentación
  • Comunicar el cese o suspensión de la relación laboral.
  • Sometimiento a órganos de control

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud será hasta el 15 de octubre de 2023

El plazo individualizado de la presentación de las solicitudes será de 1 mes, a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora contratada o de la conversión del contrato formativo.

El número máximo de solicitudes de una misma empresa será de 5 subvenciones por línea y de 10 en conjunto de todas.

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