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Renta fuera de plazo. ¿Es posible presentarla? ¿Tiene consecuencias?

Presentar renta fuera de plazo

Renta fuera de plazo, ¿Hacienda se dará cuenta? ¿Qué me puede pasar?

El fin del plazo para presentar la declaración de la renta 2017 llegó a su fin. Ayer lunes 2 de julio fue el último día para presentarla. 27 de junio para declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. Entonces, ¿Qué ocurre si no la has presentado a tiempo? ¿Qué pasa si presentas la declaración de la renta fuera de tiempo? Ahí está la cuestión. Aunque sea fuera de plazo has de presentarla. Como dice el refrán “Mejor tarde que nuca”.

Si estás obligado a presentarla debes presentarla sin excepciones. De modo que apresúrate a cumplir con tu obligación, pues hacer la renta fuera de plazo tiene sus consecuencias. El recargo por no entregar la declaración de la renta a tiempo va del 5% al 20%. Veamos los efectos en detalle.

«El recargo por no entregar la declaración de la renta a tiempo va del 5% al 20%»

Consecuencias de presentar la declaración de la renta fuera de plazo


Qué ocurre si presentamos la renta fuera de plazo, Si se te pasa el plazo para hacer la renta, bien porque creíste no estar obligado o bien por despiste, no te preocupes, se puede cumplir con Hacienda a pesar de haber vencido el plazo.

 Esto no quiere decir que sea recomendable presentar la renta fuera de plazo, pues la Agencia Tributaria te aplicará una sanción en consecuencia de:

  • Resultado de la declaración de la renta.
  • Si es el contribuyente quién rectifica o por el contrario es la propia Agencia Tributaria quien envía un requerimiento al contribuyente para que declare.
  • El tiempo de demora.

Los recargos son como intereses de demora por presentar la renta fuera de plazo. Es un porcentaje adicional que se calcula sobre el importe original a pagar en la declaración de la renta. Cálculo realizado según los meses que hayan pasado desde tu obligación.

  • Cuando han pasado 3 meses. Recargo del 5%
  • Hasta 6 meses. Recargo del 10 %
  • Si han pasado 12 meses. Recargo del 15 %
  • Más de 12 meses. El recargo a pagar es del 20 % más los intereses de demora, que se calculan según el tiempo que pase entre el día después de cumplirse el año y el día en que se presenta la declaración.o   Más de 12 meses. El recargo a pagar es del 20 % más los intereses de demora, que se calculan según el tiempo que pase entre el día después de cumplirse el año y el día en que se presenta la declaración.

Este sistema de recargo es común a todos los impuestos. La legislación establece también que el importe se reducirá en un 25% si se realiza el ingreso en el período voluntario que se abre cuando se notifica la penalización.

Diferencia entre presentar la renta fuera de plazo con o sin requerimiento de Hacienda


Recibir un requerimiento de la Agencia Tributaria por presentar la renta fuera de plazo hay que evitarlo por completo. Este, sería el peor de los escenarios para el contribuyente. La infracción tributaria a asumir iría del 50% al 150% del total a pagar.

Veamos los distintos escenarios:

Requerimiento de Hacienda con resultado a devolver

Bien es cierto que en este caso parece algo absurdo que Hacienda te reclame. Si la renta te sale a devolver y no has cumplido con tu obligación,  podríamos pensar “pues mejor para ellos ¡dinero que se ahorran!”. Pero lo cierto es que el cumplimiento de la ley es igual para todos. Por ello, aunque la renta te salga a devolver si no la has presentado a tiempo, tendrás que pagar una sanción leve de 200 euros.

Requerimiento de Hacienda con resultado a pagar

En nuestra opinión este es el peor de los casos. ¿Porqué? Sencillamente porque Hacienda es la perjudicada y encima ha tenido que «llamarte a filas». En este caso, el contribuyente tendrá que pagar:

  1. Recargo. El cual será de entre el 50 % y el 150 % de lo que tenías que pagar dependiendo de la gravedad de la infracción, según figura en el artículo 191 de la Ley General Tributaria.
  2. La sanción por presentar la declaración fuera de plazo: 200 euros. Este importe se puede reducir un 30 % por conformidad. Es decir, Hacienda te indultará parte de la deuda si aceptas la sanción y no recurres. Además también podrás reducir la multa otro 25 % si pagas dentro del periodo voluntario que marque la notificación de la AEAT.

Sin requerimiento de Hacienda con resultado a devolver

Si esto ocurre es el mejor de los casos dado que no hay ningún daño para Hacienda. Presentar la renta fuera de plazo se considera infracción leve  sancionada con una multa de 200 €, pero dicha multa se reducirá a la mitad por no existir requerimiento de Hacienda.

Sin requerimiento de Hacienda con resultado a pagar

Si el resultado de la declaración es a pagar, corre a presentar la renta ya. Y es que aunque presentes la declaración de la renta fuera de plazo y pagues un recargo, puede que te salves de pagar una sanción.

El recargo que te apliquen va a depender del tiempo que haya transcurrido desde el fin de la campaña de la renta, tal como hemos visto en el punto anterior. Sin embargo, si el período que ha pasado desde que ha acabado la campaña es de 3, 6 ó 12 meses puedes evitar los intereses de demora y la sanción por la infracción.

Si quieres saber cómo presentar la declaración de la renta fuera de plazo ponte en contacto con nuestro departamento fiscal.

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