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La fecha de vencimiento de una factura: Límites e incumplimiento

fecha de vencimiento de una factura

¿No añades la fecha de vencimiento en tus facturas? Quizás tras leer este artículo comiences a hacerlo.

Formalizar la venta de un producto o servicio, mediante la emisión de una factura, es una obligación que todo empresario y/o profesional debe realizar. Esta obligación viene recogida en el articulo 29.2.e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Así mismo, la información recogida en factura es esencial y determinante para el buen desarrollo y gestión de una actividad empresarial y sus relaciones comerciales. Por ello, en nuestro post de hoy, hacemos una mención especial a un dato que algunos empresarios “olvidan” tener en cuenta al hacer sus facturas. Esto es; la fecha de vencimiento de una factura.

¿Qué es la fecha de vencimiento de una factura?

En el momento que un empresario formaliza una factura, añade, entre otras particularidades:

  • La descripción o detalle del producto que ha vendido o servicio que ha prestado.
  • Refleja el método de pago y cobro del importe del producto/servicio.

Pues bien, junto con estos dos conceptos el empresario debería añadir la fecha de vencimiento de una factura. Que no es otra que la fecha límite de pago que el cliente tiene para efectuar el abono de los conceptos anotados en factura.

La mayoría de las veces, la fecha de vencimiento de una factura suele ser muy clara. Se suele poner como una fecha concreta (ejemplo 18 de noviembre de 2019) o bien cuantos días permitimos al cliente emitir ese pago (Ejemplo: 30 días). Sin embargo a veces se cae en ambigüedades que pueden acarrear problemas. Algunas de esas ambigüedades que debes evitar son:

  • Usar expresiones como «primer día hábil» «fin de mes».
  • No tener en cuenta los festivos y fines de semana. Si la fecha de vencimiento cae en un festivo puede significar varios días de retraso en el cobro de la factura.

¿Existe un tiempo máximo para la fecha de vencimiento de una factura?

En ocasiones nos encontramos que, en el momento de emitir una factura, varios empresarios obvian mencionar la fecha de vencimiento de una factura. Pero que se obvie no significa que sea lo correcto.

En Romehu somos conscientes que la mayoría de estos “olvidos” provienen de autónomos o empresas pequeñas. ¿Por qué? Hay distintos motivos imagino pero la conclusión es que finalmente se conviene que de forma amistosa, el pago se haga cuando se “vaya pudiendo”, por intentar tener una relación lo más cordial posible con el cliente. No obstante, desde hace varios años y por Ley, sí que existe un plazo máximo de vencimiento para el pago/cobro de una factura, que desde Romehu aconsejamos que se tenga muy en cuenta. 

La ley de Morosidad de 15/2010 establece que:

  • El tiempo máximo permitido para el pago de una factura, es de un máximo de 60 días. 60 días desde la recepción de las mercaderías o la prestación de servicios.

  • El plazo de tiempo por defecto es de 30 días. Esto ocurre si el emisor de la factura no anota fecha de vencimiento en una factura. O bien, no existiera ningún otro pacto vinculante entre las dos partes.

Administraciones Públicas, los plazos de vencimiento se estipulan en 30 días.

¿Y si aún con la fecha de vencimiento anotada no me pagan una factura?

El haber informado al cliente previamente, de la existencia de una fecha de vencimiento de una factura, nos ayudará más tarde a reclamar su pago. Dado que lamentablemente sigue existiendo un alto índice de morosidad y de retrasos en el pago de las facturas, si no queda más remedio que acudir a los tribunales la fecha de vencimiento, sin duda, será clave para la reclamación. El hecho de contar con esa fecha de vencimiento clara, hará el proceso más sencillo.

No obstante, si no te pagan una factura debes seguir los pasos habituales de reclamación de deuda. En nuestro post «Cómo reclamar el cobro de las facturas impagadas» te explicamos paso a paso el procedimiento a seguir.

david_periago_romehu

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